Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Julio de 2013

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución19 de Julio de 2013
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: Dentro del Proceso Ordinario instaurado por FRACTAL ARQUITECTURA, S.A. contra THE CENTURY TOWER CORP., la firma MORGAN & MORGAN, actuando en representación de la Parte demandada THE CENTURY TOWER CORP. y el licenciado J.A.A.R., actuando como apoderado judicial de la parte demandante,FRACTAL ARQUITECTURA, S.A., han interpuesto Recursos de Casación contra la Resolución de 15 de mayo de 2012, proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial. Ingresado el negocio a la Sala Civil, previo reparto de rigor, se fijó en lista por el término establecido en el artículo 1179 del Código Judicial, para que las partes presentaran sus alegatos sobre la admisibilidad de los Recursos, término que fue aprovechado por la parte demandada del Proceso. (fs.976-977) Se ha podido comprobar que el Recurso enunciado, se formalizó dentro de los términos establecidos en los artículos 1173 y 1174 del Código Judicial, por persona hábil para ello; que la Resolución impugnada es recurrible en Casación por su naturaleza, al tratarse de una Resolución de segunda instancia, proferida por un Tribunal Superior dentro de un Proceso de Conocimiento, establecido en el numeral 1 del artículo 1164 del Código Judicial y por su cuantía conforme al numeral 2 del artículo 1163 del mismo Código. Cumplidos los trámites procesales correspondientes, procede la Sala a revisar los Recursos con el objeto de determinar si cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 1175 y 1180 del Código Judicial, necesarios para ser admitidos. Asimismo, la Sala observa que los escritos de formalización de los Recursos han sido correctamente dirigidos al Presidente de la Sala Primera de lo Civil, tal como lo ordena el artículo 101 del Código Judicial. (fs. 955 a 958, 962 a 968 del expediente) Ahora bien y en vista que se trata de dos Recursos de Casación en el fondo, la Sala los analizará en el orden en que fueron presentados y con la debida separación que exige la ley. I. RECURSO DE CASACIÓN PRESENTADO POR LA FIRMA MORGAN & MORGAN EN REPRESENTACIÓN DE THE CENTURY TOWER CORP(fs.955 a 958): ÚNICA CAUSAL DE FONDO: La Recurrente invoca la única Causal de fondo de la manera siguiente: "Infracción de normas sustantivas de derecho por violación directa. Esta Causal, que ha influido en lo dispositivo de la sentencia recurrida" Conforme a la Ley y la Jurisprudencia de esta Sala, debemos indicar que la Causal se encuentra bien enunciada. Esta Causal de fondo se sustenta en un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR