Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 10 de Marzo de 2016

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2016
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: La firma de abogados SUCRE, ARIAS & REYES, en su condición de apoderada judicial de ASEGURADORA MUNDIAL DE PANAMA, S.A. (hoy MAPFRE PANAMÁ, S.A.) y HSBC SEGUROS, S.A. (hoy SEGUROS BANISTMO, S.A.), interpuso Recurso de Casación contra la Resolución de 23 de junio de 2015, proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, la cual reforma la Sentencia No.10 (Exp. 201-08) de 8 de febrero de 2013, dictada por el Juzgado Cuarto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, dentro del Proceso Ordinario propuesto por MINERÍA EXPLOSIVOS Y SERVICIOS, S.A. (MESSA) en contra de ASEGURADORA MUNDIAL DE PANAMA, S.A., HSBC SEGUROS (PANAMA), S.A. y CONSTRUCTORA DEL ISTMO, S.A. Ingresado el negocio en la S. Civil y previo reparto de rigor, se fijó en lista el presente negocio judicial por el término establecido en el artículo 1179 del Código Judicial para que las partes presentaran sus alegatos sobre la admisibilidad del Recurso, término que fue aprovechado por ambas partes del Proceso, tal como consta de los escritos visibles de fojas 920 a 927 del expediente. Se advierte que el Recurso de Casación fue anunciado e interpuesto por persona hábil, dentro del término especificado por la Ley, conforme lo establecen los artículos 1173, 1174 y 1180 del Código Judicial y que la Resolución impugnada es susceptible de dicho medio extraordinario de impugnación por su naturaleza y por su cuantía. Por consiguiente, esta S. procede a determinar si el presente Recurso reúne los requisitos formales establecidos en el artículo 1175 del Código Judicial, necesarios para ser admitido. El Recurso de Casación es en el fondo y se invocan dos conceptos distintos de la Causal de Infracción de Normas Sustantivas de Derecho. El primer concepto invocado corresponde al de violación directa, el cual es fundamentado a través de tres M., de los cuales en el primero de ellos se denuncia como cargo de ilegalidad la infracción de normas sustantivas de derecho por parte del Ad quem dentro del fallo impugnado, al hacer "una mala interpretación del contrato de Fianza de Pago No. 15-049228-4, suscrito entre la Autoridad del Canal de Panamá con Aseguradora Mundial Panamá, S.A., y Compañía Nacional de Seguros, S.A., específicamente del segundo párrafo del Contrato que establece, que en caso de que el Contratista incumpla con el pago por servicios de mano de obra prestada o el suministro de materiales utilizado en la ejecución del Contrato e...

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