Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 21 de Abril de 2015

Número de expediente524-14
Fecha21 Abril 2015

VISTOS: El Licdo. V.M.M., en representación de G.L.B., presenta recurso de casación laboral, contra la Sentencia de 29 de agosto de 2014, dentro del proceso laboral común por el pago de derechos adquiridos, entre G.L.B. vs Universidad del Istmo, S.A. I. ANTECEDENTES DEL CASO. El Licdo. V.M.M., en representación de G.L.B., presenta demanda laboral común en contra de Universidad del Istmo, S.A., para que sea condenada al pago de B/46,390.00 en concepto de comisión por el convenio de cooperación entre el Ministerio de Educación y la Universidad del Istmo, y la diferencia de prima de antiguedad. La cuantía fue desglosada en B/38,125.00 en concepto de comisión y B/8,265.00 en concepto de diferencia de prima de antiguedad, más intereses, gastos y costas del proceso. El Juzgado Tercero de Trabajo de la Primera Sección, dictó la Sentencia de 28 de junio de 2014, donde absuelve a la demandada de las reclamaciones interpuestas por el señor G.L.B.. La parte demandante decide recurrir en apelación ante el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, pues se siente inconforme con la decisión de primer grado. En la segunda instancia, es confirmada la resolución impugnada, sobre la base de que no se demostró que en el contrato individual de trabajo entre las partes se hubiera pactado el pago de comisiones y en ese sentido no es posible calcular sobre las mismas la supuesta prima de antiguedad reclamada, lo que motivó a la parte actora recurrir en casación laboral ante esta Máxima Corporación de Justicia. II. CARGOS DEL CASACIONISTA Del examen de la demanda, se advierte que el casacionista ha invocado como violados los artículos 224-A y 226 del Código de Trabajo. El casacionista alega que el artículo 224-A, es violado en el concepto de violación directa por omisión al no emitir pronunciamiento alguno sobre el tema de la prima de antigüedad solicitada en el petitium de demanda. Con relación al artículo 226, sostiene que al ser mal calculada, este fue el artículo que debió ser aplicado y por tanto señala que ocurrió una violación directa de la norma por omisión. III. OPOSICIÓN AL RECURSO DE CASACIÓN. La firma forense Owens & Watson, en representación de Universidad del Istmo, S.A., presenta oposición al Recurso de Casación interpuesto, fundamentándose en que la parte actora no cumplió con los requisitos de procedibilidad del recurso al emitir juicios de reproche dirigidos a la forma cómo la instancia evaluó el caudal probatorio, lo cual es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR