Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 6 de Diciembre de 2019

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2019
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 06 de diciembre de 2019

Materia: Casación laboral

Casación laboral

Expediente: 98-100-19

VISTOS:

La firma forense Servicios Jurídicos de Panamá, actuando en nombre y representación de R.R.G., ha interpuesto Recurso de Casación Laboral contra la sentencia de 18 de enero de 2019, emitida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del Proceso Laboral: R.R.G. vs Minera Panamá, S.A.

Por su parte la firma M. y M., actuando en nombre y representación de Minera Panamá, también interpuesto Recurso de Casación Laboral contra la sentencia de 18 de enero de 2019, emitida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del Proceso Laboral: R.R.G. vs Minera Panamá, S.A.

Consta a foja 16 del expediente judicial, el auto de 21 de mayo de 2019, mediante el cual los Magistrados de la S. Tercera de la Corte Suprema de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENAN LA ACUMULACIÓN, del expediente 100-19 al expediente 98-19. (ver foja 16 del expediente judicial)

D. análisis del caso en estudio esta S. se percata que mediante Sentencia N° 17 de 25 de julio de 2017, el Juzgado Primero de Trabajo de la Segunda Sección de Colón y Guna Yala, Resolvió:

"DECLARAR PROBADA LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN presentada por la sociedad demandada, MNERA PANAMA, S.A., toda vez que la demanda por las reclamaciones de las acciones derivadas del riesgo profesional, relativo al accidente de trabajo acaecido el 26 de julio de 2012, fue presentada fuera del término legal contemplado en el artículo 12 numeral 2 del Código de Trabajo, como el plazo para reclamar tal pretensión, y en consecuencia, ABSUELVE a la referida sociedad de realizar pago alguno al trabajador R.R.G., portador del pasaporte N° 221677654, en concepto de incapacidades e indemnizaciones, por no asistirle el derecho, por las consideraciones expuestas en la parte motiva de la presente resolución. ..." (Ver foja 291 de los antecedentes)

Seguidamente, se observa de foja 334 a la 346 de los antecedentes, la Sentencia que hoy los casacionistas impugnan, de fecha 18 de enero de 2019, mediante la cual el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, resolvió "Revocar la sentencia N° 17 de 25 de julio de 2017, proferida por el Juzgado Primero de Trabajo de la Segunda Sección y Reconoce...

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