Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 19 de Noviembre de 2019

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2019
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 19 de noviembre de 2019

Materia: Casación laboral

Casación laboral

Expediente: 445-19

VISTOS:

El Licenciado Santiago Ramos, actuando en representación de J.C.B., presenta Recurso de Casación contra la Sentencia de 14 de junio de 2019, proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del Proceso Laboral que instaurara contra FQM Construcción y Desarrollo, S.

Por medio de esta resolución judicial, la autoridad de Segunda Instancia confirma la Sentencia N°33 de 3 de diciembre de 2018, que dicta el Juez Segundo de Trabajo de la Segunda Sección de C. y G.Y..

  1. FUNDAMENTO DEL RECURSO.

    El casacionista considera que la decisión del Tribunal Superior que impugna, infringe los artículos 75, 138 (numerales 1, 4, 5, 10), 388 y 781 del Código de Trabajo. El quebranto de la primera disposición, se explica señalando que el contrato por tiempo definido que suscribieron las partes simula una relación de carácter temporal y su falta de reconocimiento al dirimirse la alzada implica avalar una contratación que se cimienta en una práctica desleal.

    En lo que respecta a la vulneración del artículo 138 del Código de Trabajo, asevera que FQM Construcción y Desarrollo, S. (FCD), en su calidad de empleadora desconoce las prohibiciones de ley, al coartarle a un grupo de trabajadores, el apoyo a la acción colectiva del Sindicato Único Nacional de Trabajadores de la Industria de la Construcción y Similares (SUNTRACS).

    Continúa afirmando que se ha transgredido por aplicación indebida, el artículo 388 mencionado; ya que por razón de la huelga general declarada el día 7 de marzo de 2019, en el Proyecto Minera Cobre Panamá, se instala mesa de diálogo entre las partes para conciliar y llegar a acuerdos, entre ellos, no despido contra los trabajadores. Sin embargo, la empleadora en desconocimiento de lo acordado, lleva a cabo múltiples destituciones en perjuicio de los miembros afiliados a SUNTRACS.

    Por último, sostiene que el Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial infringe el artículo 781 del Código de Trabajo; porque la falta de reconocimiento de responsabilidad por parte de la empleadora, en la terminación anticipada del contrato de trabajo deja en indefensión a los trabajadores y sindicatos, y, constituye un respaldo a una práctica que atenta contra la libertad sindical y el derecho de negociar convenios colectivos (fs. 1-9 del cuadernillo de casación).

  2. OPOSICIÓN AL RECURSO

    El apoderado judicial de FQM Construcción y Desarrollo, S. (FCD), se opone al recurso presentada, arguyendo que las resoluciones que se dictan en procesos de impugnación de reintegro en los que se debata sobre el fuero de negociación de un trabajador, no son impugnables mediante Recurso de casación, según lo dispuesto en el artículo 925 del Código de Trabajo; siendo procedente su rechazo de plano.

    Agrega a lo expuesto, que el casacionista inobserva el contenido del artículo 926 del Código de Trabajo; toda vez que agrupa las normas que se estiman infringidas por la Sentencia del Tribunal Superior de Trabajo, y en apartado posterior aglomera el concepto de infracción impidiendo a la Sala examinar de manera sistemática las supuestas vulneraciones al ordenamiento jurídico laboral.

    Al cabo, manifiesta que el casacionista alude a la aplicación del fuero de negociación, en detrimento de lo preceptuado en el artículo 75 del Código de Trabajo, respecto a la relación de trabajo por tiempo definido. En este sentido, enfatiza que conforme lo dispuesto en el artículo 981 del mencionado texto legal, a través de un proceso de impugnación -solo se debate...

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