Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 26 de Febrero de 2021

PonenteCecilio A. Cedalise Riquelme
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2021
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Cecilio A. Cedalise Riquelme

Fecha: 26 de febrero de 2021

Materia: Casación laboral

Casación laboral

Expediente: 914-19

VISTOS:

El Licdo. S.R.G., actuando en nombre y representación de L.A.G.L., ha presentado recurso extraordinario de casación laboral en contra de la sentencia de 11 de octubre de 2019, dictada por el TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, dentro del proceso laboral: L.A.G.L.V.F. CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO, S.

ANTECEDENTES

Como antecedentes tenemos que el trabajador solicitó su reintegro, alegando que fue despedido con violación al fuero sindical. La Dirección Regional Especial de Trabajo- Proyecto Minera Panamá ordenó el reintegro del trabajador a sus labores habituales. La empresa presentó una demanda de impugnación. En el mismo memorial solicitó la suspensión del reintegro aportando un contrato de trabajo de tiempo definido.

El Juzgado de Trabajo mediante Auto No 202 de 14 de junio de 2018 suspendió la orden de reintegro y al resolver la impugnación, revocó la orden de reintegro indicando que no hubo despido sino que la relación terminó por la expiración del término pactado. La decisión fue confirmada por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial mediante Sentencia de 11 de octubre de 2019.

El Tribunal Superior concluyó que al trabajador le fueron pagadas las prestaciones laborales que le correspondían por el vencimiento natural del contrato de trabajo por tiempo definido y que la protección del fuero no se extiende hasta un tiempo que exceda al de la fecha de finalización o vencimiento del contrato de trabajo establecida por las partes.

FUNDAMENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El Licdo. S.R.G. presentó recurso de casación dentro del proceso abreviado de impugnación de reintegro, contra la Sentencia de 11 de octubre de 2019 del Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial que confirmó la decisión del Juzgado Primero de Trabajo de la Segunda Sección que revocó la Orden de Reintegro del trabajador L.A.G.L., en la empresa FQM CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO,S.. Solicitó que se case la Sentencia del Tribunal Superior de Trabajo. Como disposiciones infringidas indicó los artículos 75 y 383 del Código de Trabajo.

Artículo 75 del Código de Trabajo:

" La cláusula de duración de un contrato por tiempo definido, no podrá ser utilizada con el objeto de cubrir de una manera temporal un puesto de naturaleza permanente, salvo en los casos exceptuados en este Código. La duración definida sólo será válida si consta expresamente en el contrato escrito, excepto en los casos señalados en el artículo 67 y en cualquiera de las siguientes circunstancias:

  1. Cuando lo permita la naturaleza del trabajo que constituye el Objeto de la prestación.

  2. Si tiene por objeto sustituir provisionalmente a un trabajador en uso de licencia, vacaciones o por cualquier otro impedimento temporal.

  3. En los demás casos previsto en este Código. La violación de este artículo determina que, de pleno derecho, la relación de trabajo sea de carácter indefinido. "

    Sostiene el casacionista que el Tribunal Superior obvio el sentido del artículo 75 toda vez que la empresa está aplicando de forma indebida el contrato definido, en el sentido que para contratar a un trabajador con el contrato...

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