Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 1 de Junio de 2021

PonenteCarlos Alberto Vásquez Reyes
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2021
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Carlos Alberto Vásquez Reyes

Fecha: 01 de junio de 2021

Materia: Casación laboral

Casación laboral

Expediente: 29731-2021

VISTOS:

El Licenciado Renaul E.V., actuando en representación del señor NOMBRE 1, ha promovido Recurso Extraordinario de Casación Laboral en contra de la Sentencia de veintidós (22) de marzo de dos mil veintiuno (2021), emitida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del Proceso Laboral Abreviado de Impugnación de Reintegro presentado contra la sociedad Cafisa Constructora, S., cuya decisión CONFIRMA la Sentencia No. 24 de once (11) de febrero de dos mil veintiuno (2021), dictada por el Juzgado Tercero de Trabajo de la Primera Sección de Panamá.

  1. ANTECEDENTES DEL RECURSO.

    El Recurso Extraordinario en estudio tiene como antecedente el Proceso de Reintegro por violación al Fuero de Negociación promovido por el trabajador NOMBRE 1, contra la empresa Cafisa Constructora, S., a fin de obtener el reintegro a su puesto de trabajo, luego que fuera liquidado el día diecisiete (17) de septiembre de dos mil diecinueve (2019), en base al numeral 1 del artículo 212 del Código de Trabajo, pese a estar amparado por el Fuero de Negociación, sin haber concluido el proyecto para el cual había sido contratado. (Cfr. fojas 1 a 3 del Expediente Laboral)

    En ese sentido, cabe indicar que el Departamento de Relaciones de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, a través de la Certificación de fecha catorce (14) de octubre de dos mil diecinueve (2019), corroboró que el día nueve (9) de agosto de dos mil diecinueve (2019), se presentó un Pliego de Peticiones por violaciones al Código de Trabajo, el cual fue promovido en debida forma por el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción y Similares (SUNTRACS), contra la empresa Cafisa Constructores, S., el cual se dio por terminado mediante el comunicado de desistimiento efectuado por la referida organización sindical el día veintitrés (23) de septiembre de dos mil diecinueve (2019). (Cfr. fojas 7 y 69 a 70 del Expediente Laboral)

    Así las cosas, el Juez Tercero de Trabajo de la Primera Sección, a través del Auto N° 618 de veintitrés (23) de octubre de dos mil diecinueve (2019), ordenó a la Sociedad Cafisa Constructora, S., REINTEGRAR de inmediato al señor NOMBRE 1, con cédula de identidad personal No. 8-830-220, al cargo que venía desempeñando, ya que su despido es ilegal y, la CONDENA al pago de los salarios caídos, a partir de la terminación laboral; es decir, desde el despido hasta que la Resolución sea cumplida. (Cfr. fojas 17 a 18 del Expediente Laboral)

    No obstante, al ser notificada de la decisión mencionada en el párrafo precedente, la Sociedad Cafisa Constructora, S., actuando a través de su apoderado judicial, presentó Escrito de Impugnación de Reintegro, en el cual invocó Excepción de Inexistencia de la...

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