Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 7 de Septiembre de 2000

PonenteADÁN ARNULFO ARJONA L
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado A.Q.D. en nombre y representación de F.R., ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia de 5 de junio de 2000 proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial.

Del recurso se le corrió traslado a la parte empleadora de acuerdo a lo previsto en el artículo 927 del Código de Trabajo, y la misma hizo uso de su derecho de oposición a este medio de impugnación extraordinario mediante escrito de 22 de junio de 2000.

ANTECEDENTES DE ESTE RECURSO

La génesis de este recurso de casación descansa en un proceso reintegro por fuero sindical incoado por F.R., reintegro que fue impugnado por la empresa EL MACHETAZO, S. A. parte empleadora en este proceso laboral. Mediante Sentencia Nº 36 de 30 de noviembre de 2000, el Juez de primera instancia resolvió revocar la orden de reintegro por violación al fuero sindical en razón de la existencia de contrato definido, transformado en proceso abreviado por EL MACHETAZO, S. A.

Disconforme el trabajador con la decisión del juzgador a-quo, propuso recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Trabajo

DECISION DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO

El Tribunal Colegiado de Segunda Instancia al conocer de la alzada, emitió la Sentencia de 5 de junio de 2000 por medio de la cual se confirmó la decisión del Juzgado Segundo de Trabajo.

Las razones fundamentales en que se apoyó el Tribunal Superior para coincidir con el criterio expuesto por el Juzgador son las siguientes:

  1. - Que los contratos por tiempo definido no están prohibidos;

  2. - Que se podría contratar a un mismo trabajador de forma continuada para que reemplace a otros trabajadores que de manera sucesiva toman vacaciones; y

  3. - Que no se infiere del proceso la intención de la empresa de evitar la estabilidad del trabajador.

Este discernimiento jurídico que confirma la decisión del Juzgador de Primera Instancia, ha sido señalado como ilegal por parte del trabajador, por medio de su procurador judicial, al considerar que el Tribunal Superior de Trabajo quebrantó el mandato contenido en los artículos 74, 75, y 77 del Código de Trabajo, supuesto éste que lo condujo a proponer el presente recurso de casación.

Encontrándose el recurso en este estado los Magistrados que integran la Sala proceden a resolver lo pertinente.

DECISION DEL TRIBUNAL DE CASACION

En virtud de que las disposiciones que se estiman infringidas, guardan estrecha relación en el tema de la duración del contrato de trabajo, las mismas serán confrontadas conjuntamente, con la Sentencia del Tribunal Superior de...

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