Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 27 de Septiembre de 2000

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma de abogados B. y B., apoderada sustituta del señor R.M., ha presentado recurso de casación laboral contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial el 20 de agosto de 1999, dentro del proceso laboral promovido por JOSE RAUL DOMINGUEZ -VS- ROSENDO MORENO.

Se trata de un proceso común promovido por el señor J.R.D. contra el señor R.M., a fin de que éste sea condenado al pago de vacaciones proporcionales, décimo tercer mes proporcional, prima de antigüedad, horas extraordinarias, días feriados y nueve días no pagados con el correspondiente pago de costas y gastos judiciales e intereses legales. El juzgador de primera instancia condenó a la parte demandada al pago de las prestaciones laborales solicitadas en la demanda y el Tribunal Superior de Trabajo, confirmó la sentencia, modificándola en la suma a pagar.

El objetivo que se persigue con el presente recurso es que se case la resolución atacada y que como consecuencia se revoque la decisión en lo atinente al pago de horas extraordinarias.

A continuación, la Sala procede a analizar los cargos endilgados a la sentencia de segundo grado.

El casacionista considera que la sentencia por él impugnada ha infringido los artículos 69, 732, 735, y 813 del Código de Trabajo.

Con respecto a la infracción del artículo 732 del Código de Trabajo, el recurrente señala que ha sido violado directamente por comisión, "ya que, en la sentencia atacada valora contraria a las reglas de la sana crítica la prueba testimonial allegada a los autos para dar por probada las horas extras reclamadas por el trabajador y en abierta contradicción por lo establecido en la jurisprudencia de nuestro más alto Tribunal de Justicia ...la prueba testimonial, en este caso, al aplicarse las reglas de la sana crítica, deja abierta dudas sobre la existencia y el monto total, dado que ésta debe ir acompañada de otros medios probatorios que acrediten su existencia en forma documental o pericial".

De lo anterior se desprende, de forma palmaria, que los cargos endilgados por el casacionista se fundamentan en que no está de acuerdo con la ponderación que el Tribunal Superior de Trabajo le otorgó a ciertos testimonios, en lo atinente a la probanza de horas extras trabajadas.

En múltiples ocasiones esta sala ha señalado que el recurso de casación no es una tercera instancia con el objeto de revisar el valor que el Tribunal Superior de Trabajo le haya dado a las pruebas, sino más...

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