Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 8 de Agosto de 2003

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.Q., actuando en nombre y representación del señor F.M., ha interpuesto recurso de casación laboral contra la sentencia de 11 de junio de 2003, proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del proceso abreviado de autorización de despido promovido por la empresa Casa de la Carne, S.A. contra su representado.

Se trata de un proceso en que la empresa ha solicitado autorización previa para despedir, debido a que el trabajador F.M. goza de fuero sindical por ser miembro del Sindicato Industrial Nacional de Trabajadores de las Compañías de Servicios, Supermercados, Casas Mayoristas y Minoristas de Víveres de Panamá, por incurrir en la casual disciplinaria de falta de probidad y honradez, establecida en el numeral 5, acápite A, del artículo 213 del Código de Trabajo.

Según sentencia No. 21, de 28 de febrero de 2003 (fs. 113-121), el Juzgado Segundo Seccional autorizó a la empresa para despedir al trabajador, tras considerar probado el motivo o fundamento de la petición, decisión que fue confirmada por el Tribunal ad-quem mediante la sentencia que es objeto del presente recurso extraordinario (Cf. fs. 132-138).

La Sala procede a revisar el recurso de casación a fin de determinar si cumple o no con los requisitos legales.

A juicio del Tribunal de Casación, no es procedente decidir en el fondo la impugnación examinada toda vez que no se ajusta a lo previsto en el artículo 925, numeral 2, del Código de Trabajo, disposición que si bien establece que el recurso de casación es viable tratándose de la violación del fuero sindical, tal como alega el casacionista, se aprecia que la empresa ha tramitado previamente la autorización de despido antes de tomar dicha acción contra el trabajador basada en una justa causa, dando así cumplimiento a lo preceptuado al respecto en el artículo 991 del Código de Trabajo, que exige de manera...

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