Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 29 de Junio de 2004

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución29 de Junio de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado J.F.C., actuando en su calidad de apoderado judicial de CERVECERIA NACIONAL S.A. y DISTRIBUIDORA COMERCIAL S.A., ha presentado Recurso de Casación Laboral contra la Sentencia de 17 de julio de 2003, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial, dentro del Proceso Laboral: CERVECERIA NACIONAL S.A. y DISTRIBUIDORA COMERCIAL S.A., -vs- H.M.R..

Recibido el recurso, se emplazó a la parte demandada para que hiciera valer sus objeciones conforme lo prevé el artículo 927 del Código de Trabajo, sin que en el término de ley hubiese comparecido al proceso.

La génesis de este recurso extraordinario se ubica en el proceso de impugnación de reintegro promovido por CERVECERIA NACIONAL S.A. y DISTRIBUIDORA COMERCIAL S.A., contra la Resolución No. 1 D.R.T.L.V.-03 emitida por el Director Regional de Trabajo de la provincia de Veraguas que ordenó el reintegro de H.M.R., por estimar que el prenombrado gozaba de fuero sindical.

El Juzgado Primero de Trabajo de la Séptima Sección, mantuvo el reintegro del señor M., pues consideró que éste había sido electo representante sindical para el período 1999-2001, y que ese fuero se extendía por un año adicional al cesar sus funciones (el cese ocurrió en agosto de 2002), según lo previsto en el Código de Trabajo. Por ello, y habida cuenta que las pruebas aportadas demostraban que el señor M.R. aún se encontraba gozando de fuero sindical al momento del despido, se mantuvo el reintegro e inamovilidad del prenombrado.

De esta decisión apeló CERVECERIA NACIONAL S.A. y DISTRIBUIDORA COMERCIAL S.A., ante el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial, instancia que emitió la Sentencia de 17 de julio de 2003, en la que CONFIRMA la sentencia del Juzgado de Trabajo, al coincidir con el criterio de que las pruebas aportadas evidencian que el señor M. gozaba de fuero sindical al momento del despido.

  1. ARGUMENOS DEL CASACIONISTA

    El recurrente manifiesta, que la sentencia impugnada resulta violatoria de los artículos 384 y 732 del Código de Trabajo, infracciones que sustenta bajo la argumentación de que el Tribunal demandado no apreció debidamente las pruebas presentadas, atribuyéndole un equivocado valor, en el sentido de que H.M. gozaba de fuero sindical.

  2. CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL DE CASACION

    Una vez examinados detenidamente los cargos presentados, esta Superioridad se percata de inmediato, que las normas invocadas se dicen infringidas por la incorrecta la...

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