Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Julio de 2008

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución24 de Julio de 2008
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado V.M.C.S., en nombre y representación de N.Y.G., presentó recurso de casación laboral contra la sentencia de 24 de agosto de 2007, emitida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro de la controversia laboral promovida por FREEPORT RESTAURANTS INC. -vs- NASDINA Y.G..

La génesis de este negocio radica en un proceso de solicitud de Autorización de Despido promovido por la empresa FREEPORT RESTAURANTS INC. contra N.Y.G. quien goza de fuero sindical al ser electa por el Sindicato de Cantineros, Saloneros, Cocineros y Similares de Panamá, como representante sindical de los trabajadores en la empresa Pizza Hut (San Fernando) para el período 2004-2006.

Las razones que adujo la empleadora como fundamento de su solicitud se enmarcan en los numerales 5 y 10 del Acápite A, del Artículo 213 del Código de Trabajo, relacionado con la desobediencia de las órdenes impartidas y la insistencia, por parte de la trabajadora, en el incumplimiento de las "Políticas de Manejo de la Caja Registradora", lo que a su juicio representa un mal ejemplo como dirigente sindical; mas aun, por el tipo de trabajo que desempeña la demandada, resquebraja la disciplina de la empresa al incumplir normas fundamentales de comportamiento, las cuales han causado graves perjuicios económicos en donde debe imperar la buena fe de la trabajadora por encima de sus interese personales.

El Juzgado Segundo de Trabajo de la Primera Sección, mediante Sentencia No. 34 de 30 de mayo de 2007, negó la solicitud de despido de la trabajadora N.Y.G. por considerar que "una simple falta o el incumplimiento de un deber menor, si fuera el caso, no pueden justificar un despido de un trabajador con una antigüedad de casi una década. Sólo cuando la falta o desatención de la orden aparece revestida de gravedad suficiente para impedir la prosecución del vínculo laboral vale autorizar su rompimiento" (Cfr. foja 65).

La parte empleadora al encontrarse disconforme con la decisión presentó recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial.

Posteriormente, el juzgador secundario al resolver la alzada, mediante sentencia de 24 de agosto de 2007, revocó la Sentencia de primer grado, basando su decisión en que "Es evidente que al no cumplir con tales instrucciones incurrió en desobedecimiento de órdenes, por cuanto, que se ha acreditado en el proceso que realizaba los llamados "borrados", es decir eliminando transacciones de...

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