Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 23 de Julio de 2008

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución23 de Julio de 2008
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada D.N.V., actuando en representación de la empresa PLASTIGOL, S.A.,, ha interpuesto Recurso de Casación contra la Sentencia de 30 de mayo de 2008, proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial dentro del proceso laboral originado por la solicitud de reintegro por violación a fuero de negociación que realizara la señora F.G. contra esta empresa.

La Sala procede a revisar el presente recurso extraordinario para verificar si cumple con los presupuestos legales para su viabilidad.

El recurrente sustenta la viabilidad del recurso interpuesto en el numeral 1 y 2 del artículo 925 del Código de Trabajo, mencionando que va dirigido contra una sentencia de segunda instancia que pone fin al proceso y que fue proferida en materia prevista en estos numerales.

Se observa en el expediente laboral que la sentencia impugnada confirma la resolución proferida por la primera instancia dentro del proceso de reintegro por fuero de negociación contra P., S.A., presentado por la trabajadora F.G..

La decisión del Tribunal Superior de Trabajo, surge dentro de un proceso laboral que se origina por la solicitud de reintegro por violación de fuero de negociación que presenta la trabajadora quien fue despedida sin la debida solicitud de autorización a los tribunales que la ley establece. EN amaparo en este fuero se da en virtud de la presentación por parte del Sindicato de Trabajadores de Productos Plásticos y Similares (SITIPLAS) del pliego de peticiones para negociar una convención colectiva.

Frente al escenario jurídico en que se presenta el proceso laboral que nos ocupa, la Sala advierte que no debe imprimírsele el curso normal al recurso extraordinario propuesto, toda vez que la decisión del Tribunal Superior de Trabajo recae sobre una materia que no es susceptible de casación, ya que los procesos laborales que se relacionen con la violación al fuero de negociación no fueron incluidos por el legislador en el artículo 925 del Código de Trabajo como materia recurrible en casación.

La norma señalada, enuncia los casos en los cuales puede accionarse el recurso extraordinario de casación, y su tenor es el siguiente:

Artículo 925. El recurso de casación laboral puede interponerse contra las sentencias y los autos que pongan fin al proceso o imposibiliten su continuación, dictados por los Tribunales Superiores de Trabajo en cualquiera de los siguientes casos:

1).-Cuando hubieren sido pronunciados en conflictos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR