Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 13 de Marzo de 2009

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ante esta Máxima Corporación de Justicia Laboral, se ha presentado escrito que contiene el recurso de casación laboral, interpuesto por la FIRMA LEDEZMA & ASOCIADOS, actuando en nombre de G.M.L.. Dicho recurso recae contra la Sentencia de 30 de octubre de 2009, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del proceso laboral G.M.L. vs DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A. y GRUPO CERVECERÍA NACIONAL, S.A.

  1. ANTECEDENTES DEL RECURSO.

    El presente recurso, tiene su génesis con la decisión del Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, que confirma la Sentencia Nº 60 de 31 de julio de 2008 del Juzgado Cuarto de Trabajo de la Primera Sección, que decide absolver a los demandados de las pretensiones incoadas en su contra.

  2. FUNDAMENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN.

    Sostiene el casacionista que la sentencia del juzgador Ad-quem, ha violado por indebida aplicación el artículo 732 del Código de Trabajo; además de la misma excerta legal, los artículos 140 y 147 en el concepto de interpretación errónea, explicando cada concepto de infracción en los siguientes términos.

    Lo que concierne al artículo 732 del Código de Trabajo, señala que la sentencia de segundo grado ha violado la norma en el concepto de indebida aplicación. Dice que se consideró erróneamente, que el salario que devengaba el trabajador era de B/.4,200.00 cuando, inclusive, ese mismo Tribunal mediante sentencia de 25 de julio de 2008 fijó el salario del trabajador en la suma de B/ 4,317.40, esto sin incluir los B/ 400.00 del plan vehicular mensual que recibía el señor M..

    Por otro lado, desarrolla de manera repetitiva los conceptos de infracción a los artículos 140 y 147 del Código de Trabajo, argumentando que la Sentencia del Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, ha violado dichas normas en el concepto de interpretación errónea, al desconocer el salario devengado por el trabajador en la empresa demandada, pues no se consideró la suma de B/ 400.00 del plan vehicular de manera permanente, además de 150 galones de gasolina mensual.

    Por último, sin presentar norma alguna, manifiesta que la sentencia de segundo grado, ha sido violada por error de hecho en la apreciación de las pruebas, al no considerar el aumento de salario que tenía el trabajador.

  3. DECISIÓN DE LA SALA.

    Por considerar de importancia, conviene efectuar algunas reflexiones en torno al recurso de casación laboral, antes de entrar a resolver el fondo del asunto...

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