Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 23 de Septiembre de 2004
Ponente | Winston Spadafora Franco |
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2004 |
Emisor | Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral |
VISTOS:
El licenciado A.W. actuando en representación de BAMVOL S.A., ha presentado Recurso de Casación Laboral contra la Sentencia de 10 de agosto de 2004, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial, dentro del Proceso Laboral: RENE FRANKLIN SERRANO y JOSE IVAN ATENCIO-vs- BAMVOL S.A.
Recibido el recurso, se emplazó a la parte demandada para que hiciera valer sus objeciones conforme lo prevé el artículo 927 del Código de Trabajo. Dentro del término de ley comparecieron los señores RENE FRANKLIN SERRANO y J.I.A. a través de su apoderado legal, quien se opone al recurso, señalando que no se han violado las normas invocadas por el casacionista, y que el proceso laboral por renuncia justificada de los trabajadores antes mencionados fue propuesta dentro del término de ley, tal y como declaró el Tribunal Superior de Trabajo.
El origen de la controversia laboral se ubica en un proceso instaurado por los trabajadores SERRANO y ATENCIO a fin de que se condenara a la empresa BAMVOL S.A., al pago de una indemnización por renuncia justificada, y otras prestaciones adeudadas.
El Juzgado Segundo de Trabajo de la Tercera Sección resolvió en primera instancia el asunto laboral, declarando la caducidad del derecho potestativo de renuncia por causas imputables al empleador, alegadas por los señores SERRANO y ATENCIO, pero condenó a la empresa BAMVOL al pago de B/.2,150.94 para el señor SERRANO y B/.2,158.17 para el señor ATENCIO, en concepto de derechos adquiridos adeudados a dichos trabajadores y una diferencia de salario por comisiones.
Apelada la sentencia, el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial resolvió la alzada promovida contra el referido fallo, emitiendo la sentencia de 10 de agosto de 2004, objeto de este recurso de casación, en la que decidió:
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modificar la sentencia del a-quo, al concluir que no había caducado el derecho de los actores a renunciar por la modificación de sus comisiones durante la venta de patio de agosto de 2003;
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condenó a la empresa al pago de indemnizaciones para ambos trabajadores, en concepto de renuncia justificada; y
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confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo demás.
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ARGUMENTOS DEL CASACIONISTA
El recurrente manifiesta, que la sentencia impugnada resulta violatoria de los artículos 13, 730 y 732 del Código de Trabajo, que se refieren respectivamente: al termino de caducidad para que un trabajador abandone justificadamente el empleo; los medios de prueba...
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