Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 31 de Enero de 2019

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución31 de Enero de 2019
EmisorSegunda de lo Penal

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Segunda de lo Penal

Ponente: Harry Alberto Díaz González

Fecha: 31 de enero de 2019

Materia: Casación penal

Expediente: 368-18C

VISTOS:

Para resolver sobre su admisibilidad, conoce la Sala Penal de la Corte Suprema del recurso de casación formalizado por el licenciado C.M.H.M., apoderado judicial del señor Y.C.M.P., contra la Sentencia 2da. I.. N°67 de 25 de junio de 2018, proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante la cual se CONFIRMA en todas sus partes la Sentencia Condenatoria No.159 de 28 de diciembre de 2016, emitida por el Juzgado Cuarto de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, que condenó al prenombrado a la pena de cincuenta y seis (56) meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el término de un (1) año, por el delito contra la vida y la integridad personal (lesiones personales dolosas), en perjuicio del señor C.C.F..

El proceso fue fijado en lista por el término de 8 días, para informar a las partes de la llegada del expediente a esta Corporación de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 2439 del Código Judicial.

Vencido el término al cual hacemos referencia en el epígrafe anterior, reingresa al despacho del Magistrado Sustanciador para decidir sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

El libelo de casación, visible de fojas 356 a 366, está dirigido al "Honorable Señor Magistrado Presidente de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia", presentado por persona hábil, anunciado y formalizado dentro del término establecido por las normas de procedimiento penal.

La medida judicial es susceptible de impugnación vía casación, porque corresponde a una resolución judicial de segunda instancia, proferida por un Tribunal Superior de Distrito Judicial, en un proceso seguido por la comisión de un delito cuya pena máxima contemplada en la norma penal aplicada, es superior a los dos (2) años de prisión, tal como lo preceptúa el artículo 2430 del Código Judicial.

En lo concerniente a la estructura formal del recurso extraordinario de casación, advierte la Sala que la historia concisa del caso ha sido presentada de manera muy extensa y detallada, a la vez que cita fojas, lo que resulta contrario a la correcta técnica casacionista. En este sentido, la jurisprudencia de la Sala Penal ha indicado que en el apartado...

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