Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 4 de Septiembre de 2008

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2008
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La Licenciada JANNICE A. CIGARRUISTA H., apoderada judicial de TESORO ESCONDIDO, S.A., ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 21 de diciembre de 2006 dictada por el Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial dentro del proceso sumario de prescripción adquisitiva de dominio que le sigue a ISLA ECOLOGICA, S.A.

Cumplidas las reglas de reparto, el negocio se fijó en lista para que las partes alegaran sobre la admisibilidad del recurso, término que sólo fue aprovechado por el recurrente, como consta de fojas 243 a 244.

La Sala procede al examen del presente recurso, a fin de verificar si cumple con los presupuestos establecidos por el artículo 1180 del Código de Procedimiento Civil.

En ese sentido, se ha podido constatar lo siguiente:

1- Que la resolución objeto del recurso es de aquellas contra las cuales lo concede la ley, por su naturaleza y su cuantía, ya que se impugna una sentencia de segunda instancia, proferida por un Tribunal Superior dentro de un proceso de conocimiento, cuya cuantía supera los B/25,000.00. (Cfr. arts. 1163 y 1164 num.1, C.J.);

2- Que el recurso ha sido anunciado y sustentado dentro del término legal. (Cfr. arts. 1173 y 1174 C.J.);

3- En cuanto al escrito de formalización, si bien reúne todos los requisitos que establece el artículo 1175 del Código Judicial, en el mismo se observa una importante incongruencia que debe ser corregida.

En ese sentido, vemos que en el presente recurso de casación se invocan dos causales de fondo, siendo la primera: "INFRACCION DE NORMAS SUSTANTIVAS DE DERECHO POR VIOLACIÓN DIRECTA DE LA LEY QUE HA INCLUIDO SUSTANCIALMENTE EN LO DISPOSITIVO DEL FALLO RECURRIDO"(fs.325); y la segunda: "INFRACCION DE NORMAS SUSTANTIVAS DE DERECHO POR ERROR DE DERECHO EN CUANTO A LA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA, ....."(fs.329).

Se establecen tres motivos como fundamento de la primera causal, los que se expresan en los siguientes términos:

Primero

Siendo que en el presente negocio esta acreditado que nuestra representada TESORO ESCONDIDO, S.A., el señor PASTOR DE LEON así como también la sociedad LAGUNA ESMERALDA, S.A., son los únicos que han ocupado y ejercido actos de dominio sobre el globo de terreno pretendido de la finca no.864, provincia de Bocas del Toro desde el año 1984, el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial al dictar la sentencia calendada 21 de diciembre de 2006, desconoció el derecho de nuestro representado para...

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