Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 5 de Marzo de 2007

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2007
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado Gasparino Fuentes Troestch, actuando en representación de D.R.U. y U. y U., S.A., ha promovido recurso de casación en el fondo contra la sentencia de 25 de mayo de 2006, proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia, dentro del proceso oral que les sigue Budget Rent A Car de Panamá, S.A.

Repartido el expediente, se mandó a fijar en lista por el término de ley, para que las partes alegaran en torno a la admisibilidad del recurso, lo cual fue aprovechado por ambas.

La Sala procede al examen del recurso de casación para determinar si se ajusta a los requisitos y formalidades exigidos en el artículo 1180 del Código Judicial.

En ese sentido, se ha podido constatar que la resolución objeto del recurso es de aquéllas que pueden ser recurribles en casación y que el recurso fue interpuesto en tiempo oportuno, por persona hábil.

El libelo del recurso consta de una causal de fondo que consiste en la "Infracción de normas sustantivas de Derecho en el concepto de error de derecho en cuanto a la apreciación de la prueba, lo cual ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida.". La misma está consagrada en el artículo

1169 del Código Judicial.

Los motivos que sirven de fundamento a la causal enunciada, son los que se citan a continuación:

"PRIMERO: a) Fs. 91 consta, copia autenticada del contrato de arrendamiento suscrito entre Budget Rent a Car de Panamá, S.A. y U. y U., S.A. el literal b). De la cláusula novena, numeral IV excluye el 'Volcamiento' entre otras cosas, el Tribunal Superior consideró que si bien es cierto la palabra volcamiento no existe, estimó que con la misma se quiso hacer referencia al vuelco, por lo que incurrió en error de derecho en la apreciación de la prueba.

SEGUNDO

La sentencia recurrida acepta que la resolución Nº T128-02 de 12 de julio de 2002, proferida por la gobernación de la Provincia de Panamá, la cual confirmó la resolución Nº 40 de 15 de mayo de 2002, mediante la misma la Alcaldía Municipal del Distrito de S.C. sancionó al señor D.R.U. a pagar una multa y todos los gastos por daños y perjuicios ocasionados al vehículo de propiedad de Budget Rent A Car de Panamá, S.A., carece de la notificación al señor D.U..

En efecto a fs. 10, 11 y 12 consta la copia autenticada

de la resolución Nº T.128-02 de 12 de julio de 2002, proferida por la

Gobernadora de la Provincia de Panamá, la que fue notificada a la apoderada de

Budget Rent A Car de Panamá...

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