Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Agosto de 2004

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución19 de Agosto de 2004
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Después de su corrección, mediante Resolución de fecha 7 de julio de 2003, la Sala admitió el recurso de casación en el fondo interpuesto por la firma de abogados R., A., S. y A., en representación de GRAN ISLA, S.A., dentro de la Tercería Excluyente presentada por T.L.C. DE ERNST (propietaria del establecimiento comercial TAMMY'S BEACH BAR), en el proceso ordinario con acción de secuestro propuesto por la recurrente contra LAS PERLAS AQUA SPORTS, S.A.

Finalizada la fase de alegatos de fondo, la cual fue aprovechada por los apoderados judiciales de ambas partes, procede la Sala a dictar sentencia de mérito, previa las siguientes consideraciones.

ANTECEDENTES

De acuerdo a las constancias procesales, GRAN ISLA, S.A., parte demandante dentro del proceso ordinario interpuesto contra LAS PERLAS AQUA SPORTS, S.A., interpuso acción de secuestro y solicitó se decretara secuestro sobre la "Administración del establecimiento denominado LAS PERLAS AQUA SPORTS, S.A. que opera en la Isla Contadora, en el Beach

Bar de la Calle R.B.", así como también se decretara secuestro "Sobre todos los bienes muebles que se encuentran en las instalaciones antes señaladas, así como los dineros que se encuentren en caja, cuentas por cobrar, alquileres o arrendamientos."

Previa la consignación de la fianza correspondiente, el Juez Décimo de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, mediante auto de fecha 9 de octubre del 2000, decretó secuestro a favor de la demandante y en contra de LAS PERLAS AQUA SPORTS, S.A., hasta la concurrencia de la suma de B/.116.284.00, secuestro el cual recayó sobre la administración y todos los bienes muebles que se encontraban dentro del establecimiento denominado LAS PERLAS AQUA SPORTS, S.A., ubicado en Isla Contadora, B.B., de la calle R.B..

Practicada la diligencia de secuestro y depósito, la señora T.L.C.D.E., interpuso Tercería Excluyente y solicitó el levantamiento del secuestro decretado sobre la administración y bienes muebles ya que este recayó fue sobre los bienes muebles dell establecimiento denominado TAMY'S BEACH BAR de propiedad de la tercerista y no de la demandada en el proceso principal, la sociedad LAS PERLAS AQUA SPORTS, S.A.

Luego del trámite correspondiente, el Juez Decimoséptimo de Circuito, Ramo Civil, mediante Auto No.1394 de fecha 26 de julio de 2001, resolvió levantar el secuestro decretado sobre todos los bienes del establecimiento comercial denominado TAMY'S BEACH BAR que había sido solicitado por la demandante GRAN ISLA, S.A., quien a su vez fue condenada pagar costas por la suma de B/.5.000.00.

Contra la anterior resolución interpuso recurso de apelación la parte demandante-secuestrante y surtida la alzada fue resuelto dicho recurso por el Primer Tribunal Superior de Justicia mediante resolución de fecha 2 de abril de 2002, en la que se "CONFIRMA el Auto No.1394 de 26 de julio de 2001, dictado por el Juzgado Décimo Séptimo(sic) del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil", siendo por tal motivo la Resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia, objeto del recurso de casación que ahora ocupa a la Sala.

CONTENIDO DEL RECURSO

El presente trata de un recurso de casación en el fondo en el que se invoca como única causal "Infracción de normas sustantivas de derecho por error de hecho sobre la existencia de la prueba", causal que está contemplada en el artículo 1169 del Código Judicial.

Los motivos en que se fundamenta el recurso son los que a continuación se transcriben:

"Primero: El Primer Tribunal Superior a fs.94, para ordenar el levantamiento de secuestro y la entrega de los bienes secuestrados al solicitante, se fundó en los documentos aportados a fs.9,37 y 38 del expediente, sin que dentro de estos existan pruebas que acrediten propiedad de los bienes muebles, sin embargo, determinó que el negocio y los bienes...

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