Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 26 de Marzo de 2014

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2014
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: Ha ingresado al conocimiento de esta S. Civil de la Corte Suprema de Justicia, el conflicto de competencia suscitado entre el JUZGADO SEGUNDO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ y el JUZGADO SEGUNDO MUNICIPAL DE FAMILIA DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ, dentro del Proceso Especial de Alimentos Voluntario interpuesto por J.F.B.M.I.T.H., a favor de su menor hijo F.A.B.T. Con fundamento en lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 92 del Código Judicial, la S. procede a dirimir el presente conflicto de competencia, toda vez que los citados Juzgados no tienen otro superior común. Las constancias del Proceso revelan que mediante Auto No.507-12F de 14 de mayo de 2012, el referido Juzgado Segundo de N. y Adolescencia admitió la solicitud de "Pensión Alimenticia Voluntaria promovida por JOSE FÉLIX BARRIOS MORENO contra I.Y.T.H. y a favor del menor de edad B.T.F.A.." (fs.4). A consecuencia de lo anterior, dicho Tribunal señaló como fecha de audiencia el día 19 de octubre de 2012; ordenándose realizar la evaluación socio económica en el hogar de ambas partes, para cuya diligencia se comisionó a las Trabajadoras Sociales del Despacho realizar tales evaluaciones antes de la celebración del acto oral. Dicho Auto No.507-12 F, les fue notificado personalmente a los padres del referido menor (fs.5 vuelta). A consecuencia de dicha audiencia, el referido Juzgado Segundo de N. y Adolescencia, emite el Auto No.957-12F y en las consideraciones de rigor, expuso lo siguiente: "Iniciado el acto oral el día 19 de octubre de 2012, el Tribunal en primera instancia llama a las partes a un avenimiento. Observa el Tribunal al examinar la solicitud de alimentos voluntaria presentada por el señor B. así como en los informes confecciones (sic) por la Trabajadora Social del Equipo Interdisciplinario de este Tribunal, que con anterioridad a este proceso existió proceso de Pensión Alimenticia a favor del mismo menor en donde son las mismas partes ante el Juzgado Seccional de Familia del Segundo Circuito Judicial de Panamá, con sede en San Miguelito, en donde dicho Tribunal estableció una cuantía de alimentos inicialmente por la suma de B/120.00 mensuales, el cual fue objeto de apelación rebajándose la cuantía en la suma de B/80.00 mensuales. Al constatar dicha información con ambas partes llámese a los señores J.B. e I.T., en donde afirman y aportan certificación emitida por el Juzgado Segundo Municipal de Familia del Segundo Circuito Judicial de Panamá, Distrito de San Miguelito, que se (sic) encontraba radicado el expediente No.324-06 del proceso especial de alimentos incoado por I.T. en...

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