Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 24 de Marzo de 2010

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2010
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En grado de consulta ingresa a la Sala Segunda del Penal el Auto No. 202 P.I. de 25 de noviembre de 2009, emitido por el Segundo Tribunal Superior de Justicia dentro del proceso penal instruido con motivo de la querella penal promovida por el licenciado J.R.P., en representación de D.G.P., contra la licenciada Alba Flores Musmanno, Juez Segunda Seccional de Familia, del Primer Circuito Judicial de Panamá, por un presunto delito Contra la Administración Pública, cometido en perjuicio de D.G. y de sus menores hijos SMG y JMG.

ANTECEDENTES DEL CASO

La presente encuesta inició con la querella presentada por el licenciado J.R.P. en representación de D.G.P. contra la licenciada Alba E. Flores Musmanno, Juez Segunda Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá, por los delitos de abuso de autoridad y extralimitación de funciones (fs. 1-16).

Tal como se aprecia en los antecedentes, la Fiscalía Segunda Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación emitió la diligencia de 16 de septiembre de 2009, en la cual se admitió la querella penal presentada por el licenciado J.R.P.. (f. 92).

De fojas 93 a 106 la Fiscalía Segunda Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación, recomendó al tribunal de la causa archivara la presente encuesta penal, en atención a lo previsto en el artículo 2467 del Código Judicial.

FUNDAMENTO DEL FALLO CONSULTADO

El Segundo Tribunal Superior de Justicia mediante Auto No. 202 P.I. de 25 de noviembre de 2009 resolvió ordenar el archivo de las sumarias en averiguación seguidas por la supuesta comisión de un delito Contra la Administración Pública, en detrimento de D.G.P., SMG y JMG, contra la licenciada Alba Flores Musmmano, Juez Segunda Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá, debido a la inexistencia de prueba sumaria que acreditara el hecho punible querellado (fs. 101-106).

POSICIÓN DEL QUERELLANTE

De fojas 1 a 16 reposa escrito de querella en el cual el licenciado J.R.P., pone en conocimiento que de conformidad con la Sentencia No. 373 de 16 de junio de 2006 el Juzgado Segundo Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá se aprobó el acuerdo de guarda crianza, educación y reglamentación de visitas a favor de los menores de SMG y JMG, hijos biológicos de los señores J.D.M.Y.D.G.P..

Sostiene el querellante que mediante Auto Impugnado No. 1097 de 20 de agosto de 2009 la señora Juez Segunda Seccional de Familia desconoció el acuerdo que ella aprobó entre las...

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