Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 18 de Octubre de 2005

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2005
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En cumplimiento de la previsión normativa contenida en el artículo 2477 del Código Judicial, que dispone la obligatoria consulta de las resoluciones judiciales en virtud de las cuales se dicta sobreseimiento o se decide el fondo en los negocios penales seguidos a servidores públicos, ingresó a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, el expediente contentivo de las sumarias seguidas contra N.A., Fiscal del Circuito de Bocas del Toro, sindicada por el delito contra la Administración Pública en perjuicio de Jas Properties, S. A. e Inversiones Bocas, S.A.

La investigación se inició en la Fiscalía Segunda Superior del Tercer Distrito Judicial y se generó mediante querellas presentadas por la firma forense de abogados S., A. &A., en nombre y representación de J.S. e Iracella del C.R., representantes legales de Jas Properties, S.A. e Inversiones Bocas, S.A., respectivamente, donde se acusa al Fiscal Primero del Circuito de Bocas del Toro, N.A., de la supuesta comisión de delito de Abuso de Autoridad e Infracción de los deberes de los servidores públicos. Dichas querellas se fundamentan en que el día 15 de marzo de 2005, el precitado funcionario incurrió en abuso de autoridad al haber despojado irregularmente a la Corregiduría de Bocas del Toro, de los expedientes contentivos de procesos administrativos de Lanzamiento por Intruso promovido por Jas Properties, S.A. e Inversiones Bocas, S.A. Expresan que el proceso administrativo se desarrolla ante la Corregiduría de Bocas del Toro, a cargo del licenciado E.S.. Manifiestan que el 16 de marzo vencía el término para el lanzamiento lo que de conformidad con la información suministrada por ese despacho, no fue posible cumplir con la ejecución del mismo, porque el día anterior el Fiscal Primero Superior del Circuito de Bocas del Toro, licenciado N.A., solicitó la entrega de dicho expediente. No obstante, según informe suscrito por la secretaria de la Corregiduría de Bocas del Toro el funcionario atacado alegaba que requería el expediente para obtener copias del mismo para atender una demanda que fue promovida contra el Corregidor de Bocas del Toro.

Adelantadas las diligencias de instrucción del sumario, el caso fue remitido al Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial con la Vista Nº 30 de 11 de julio de 2005, en la que el F.S. Superior recomienda un auto de Sobreseimiento Definitivo de manera I. en base a lo que establece el numeral 2 del artículo 2207 del Código Judicial, que los...

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