Resolución Nº 2008-94 de 28 de julio de 2008, "POR LA CUAL SE DECLARA A LA EMPRESA COSTA TRADING., ELEGIBLE DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE RECURSOS MINERALES, PARA QUE SE LE OTORGUE LOS DERECHOS PARA CONTINUAR LA EXTRACCIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS

DIRECCIÓN NACIONAL RECURSOS MINERALES

RESOLUCIÓN N°2008-94

de 28 de julio de 2008.

EL DIRECTOR NACIONAL DE RECURSOS MINERALES

CONSIDERANDO:

Que mediante memorial presentado por la Firma de Abogados, MARRE, BERNAL & ASOCIADOS, con oficinas ubicadas en la Planta Alta del Edificio Doral 24, Avenida E. Geenzier, El Cangrejo, Ciudad de Panamá, Provincia de Panamá, en su condición de Apoderados Especiales de la empresa ARENASOL,S.A., sociedad debidamente inscrita en el Registro Público a Ficha 352186, Rollo 62441 e Imagen 0032, solicitó una concesión para extracción de minerales no metálicos (arena submarina), en cuatro (4) zonas de 499.17 hectáreas, ubicadas en el Corregimiento de Chepillo, Distrito de Chepo, Provincia de Panamá, la cual ha sido identificada por la Dirección Nacional de Recursos Minerales con el símbolo ASA-EXTR (arena submarina) 98-52, otorgada mediante Contrato No.210 de 5 de noviembre de 2001, solicitó la Autorización para el Traspaso del Contrato No.210 de 5 de noviembre de 2001, a favor de la empresa COSTA TRADING, INC., debidamente inscrita en el Registro Público a Ficha 606254, Documento 1303577;

Que se adjuntaron a la solicitud de traspaso los siguientes documentos:

Memorial de la Solicitud;

Pacto Social de la empresa COSTA TRADING, INC.;

  1. ) Certificado de Registro Público de las empresas ARENASOL, S.A., y COSTA TRADING, INC;

    Declaración Jurada;

  2. ) Capacidad Técnica y Financiera;

  3. ) Recibo de Ingreso No.85760 de 26 de marzo de 2008, en concepto de cuota inicial;

  4. ) Acuerdo de Traspaso de Derechos firmado entre ARENASOL, S.A. y COSTA TRADING, INC.;

    Que de acuerdo al Registro Minero la zona solicitada no se encuentra dentro de áreas amparadas por solicitudes, concesiones o reservas mineras;

    Que se han llenado todos los requisitos exigidos por la Ley para tener derecho a lo solicitado, por todo lo antes expuesto, este Despacho,

    RESUELVE:

    PRIMERO: DECLARAR, a la empresa COSTA TRADING., elegible de acuerdo con las disposiciones del Código de Recursos Minerales, para que se le otorgue los derechos para continuar la extracción de minerales no...

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