Acuerdo Municipal Nº 012 de 10 de junio de 2009, 'POR MEDIO DE LA CUAL EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 208 DEL CÓDIGO ELECTORAL, SE ORDENA EL GASTO DEL SUBSIDIO ELECTORAL DEL AÑO 2009, PARA LA LIMPIEZA DE LA PROPAGANDA POLÍTICA EN EL DISTRITO DE PENONOMɔ.

REPUBLICA DE PANAMA

CONSEJO MUNICIPAL

PENONOME

ACUERDO MUNICIPAL Nº 012

DE JUNIO 10, DE 2009

"POR MEDIO DE LA CUAL EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 208 DEL CÓDIGO ELECTORAL, SE ORDENA EL GASTO DEL SUBSIDIO ELECTORAL DEL AÑO 2009, PARA LA LIMPIEZA DE LA PROPAGANDA POLÍTICA EN EL DISTRITO DE PENONOMÉ".

EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PENONOMÉ, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 223 del código Electoral establece que las Elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República, Diputados al Parlamento Centroamericano, Diputados a la Asamblea Nacional, Alcaldes, Representantes de Corregimiento y Concejales; tendrán lugar el primer domingo del mes de mayo del año en que deben celebrarse; y si éste fuese el primer día del mes, las elecciones se efectuarán el domingo siguiente.

Que una vez, pasadas las elecciones del 3 de mayo de 2009, es necesario una prolija limpieza en el Distrito de Penonomé, dada la gran cantidad de Propaganda Política ubicada en postes, paredes, vallas, casetas y otros.

Que el Artículo 208, del Código Electoral señala que "dentro de los presupuestos del Tribunal Electoral, destinados a los Procesos Electorales, se incluirá una partida especial para la limpieza de Propaganda Electoral, como parte del costo de toda la elección".

Que para tal finalidad, el Tribunal Electoral mediante Cheques N°.40244 de 19 de mayo de 2009, (Tribunal Electoral-Fondo de Elecciones 2009), entrego al Municipio de Penonomé, la suma de Trece Mil Doscientos Cuarenta y nueve Balboas (B/13,249.00), para cubrir gastos de limpieza de la Propaganda Política, en el Distrito de Penonomé.

Que el Código Administrativo en el Artículo 1481, expresa que es deber de las Autoridades Municipales cuidar por el aseo de las Poblaciones dentro del Territorio de su mando, y a este fin dictarán las providencias conducentes que estén en sus facultades.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO

ORDENAR, el gasto de Subsidio Electoral del año 2009, para la limpieza de la Propaganda Política del Distrito de Penonomé y emitir un Informe detallado al Tribunal Electoral, antes del 30 de junio próximo, sobre la utilización de los fondos recibidos para la limpieza de la Propaganda Electoral, acompañada de los correspondientes comprobantes de pago, en personal, materiales y equipo.

ARTÍCULO SEGUNDO

AUTORICESE al Departamento de Tesorería Municipal para que se ejecute los desembolsos respectivos, de...

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