Resolución Nº 2006-153 de 18 de julio de 2006, DECLARAR A LA EMPRESA HACIENDA LA BARRERA, S.A., ELEGIBLE DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL CODIGO DE RECURSOS MINERALES, PARA LA EXTRACCION DE MINERALES NO METALICOS

REPUBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS

DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS MINERALES

RESOLUCIÓN No.2006-153

de 18 de julio de 2006

EL DIRECTOR NACIONAL DE RECURSOS MINERALES

CONSIDERANDO:

Que mediante memorial presentado ante este Despacho por el Lic. Jaime E. Luque Pereira y la Licda. Zaritza Sandoval de Luque, abogados en ejercicio, con oficinas forenses ubicadas en el Centro Comercial Plaza Paitilla, tercer alto Local 77, Punta Paitilla, de la ciudad de Panamá, en su condición de Apoderados Especiales de la empresa HACIENDA LA BARRERA, S.A., debidamente inscrita en el Registro Público bajo la Ficha 380129, Documento 111257, solicita una concesión para la extracción de minerales no metálicos (grava de río) en una (1) zona de 186 hectáreas, ubicada en el corregimiento de Guánico, distrito de Tonosí, provincia de Los Santos, la cual ha sido identificada con el símbolo HBSA-EXTR(grava de río)2006-27;

Que se adjuntaron a la solicitud los siguientes documentos:

  1. Poder (notariado) otorgado al Lic. Jaime E. Luque Pereira y la Licda. Zaritza Sandoval de Luque, por la empresa HACIENDA LA BARRERA, S.A.;

  2. Memorial de solicitud;

  3. Copia (autenticada) del Pacto Social;

  4. Certificado del Registro Público sobre la personería jurídica de la empresa;

  5. Declaración Jurada (notariada);

  6. Capacidad Técnica y Financiera;

  7. Plan Anual de Trabajo e Inversión;

  8. Planos Mineros e Informe de Descripción de Zonas;

  9. Declaración de Razones;

  10. Informe de Evaluación de Yacimiento;

  11. Estudio de Impacto Ambiental;

  12. Certificado del Registro Público donde consta el nombre de los dueños de las fincas afectadas por la solicitud;

  13. Recibo de Ingresos Nº.72550 de 12 de abril de 2006, en concepto de Cuota Inicial;

Que de acuerdo con el Registro Minero, la zona solicitada no se encuentra dentro de áreas amparadas por solicitudes, concesiones o reservas mineras;

Que se han llenado todos los requisitos exigidos por la Ley para tener derecho a lo solicitado,

RESUELVE:

PRIMERO: Declarar la empresa HACIENDA LA BARRERA, S.A., elegible de acuerdo con las disposiciones del Código de Recursos Minerales, para la extracción de minerales no metálicos (grava de río) en una (1) zona de 65 hectáreas, ubicada en el corregimiento de Guánico, distrito de Tonosí, provincia de Los Santos, de acuerdo a los planos identificados con los números 2006-84 y 2006-85;

SEGUNDO: Ordenar la publicación de tres Avisos Oficiales, en fechas distintas, en un diario de amplia circulación de la...

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