Decreto Alcaldicio N° DAL-02-2024. Por medio del cual se regula el horario para las actividades del carnaval 2024 en el distrito de san miguelito y se dictan otras disposiciones para conservar la seguridad, las buenas costumbres y el orden público.

Fecha de publicación08 Febrero 2024
Fecha05 Febrero 2024
EmisorALCALDÍA DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29967-A Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de febrero de 2024 1
PANAMÁ REP(JBLICA
DE
PANAMÁ
lcl:
508-9800
DECRETO ALCALDICIO No. DAL-02-2024.
"Por medio del cual se regula
el
horario para las
actividades del Carnaval
2024
en
el
distrito de San
fv1iguelito
y se dictan otras disposiciones para
conservar
la
seguridad, las buenas costumbres y el
orden público"
EL
SUSCRITO ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MIGUELITO,
EN
USO DE SUS
FACULTADES LEGALES:
CONSIDERANDO:
Que las festividades del Carnaval constituyen una tradición que
el
pueblo panameño
celebra cada año con entusiasmo y alegría.
Oue
en
el
distrito de San Miguelito se celebrará con todo esplendor
la
fiesta del
Carnaval
2024
los días 1
O,
11
, 12 y 13 de febrero
2024
.
Oue corresponde a las autoridades municipales
el
deber y
la
obligación de cumplir y
hacer cumplir las leyes, acuerdos y decretos; como también procurar
la
tranquilidad y
buenas costumbres como normas de conducta dentro del distrito durante las
actividades del Carnaval 2024.
Oue de conformidad con
el
artículo 45 de
la
Ley
Nº106
de 8 de octubre de
1973
, es
competencia de los alcaldes, dictar decretos en desarrollo de los acuerdos municipales
y en asuntos relativos a
su
competencia; que agrega el artículo 46, numeral
2,
de
la
precitada ley,
le
corresponde
al
Alcalde entre sus funciones mantener
el
orden público
en
el
distrito.
CJ.ue
la Ley ·15 de 17 de junio de
2016
establece en
su
artículo 49 las competencias de
los alcaldes de cada distrito y establece que le corresponderá a los mismo
el
conocimiento de los procesos que se originen por infracciones a las normativas de
policía, que no impliquen
un
conflicto entre particulares,
ni
el
ejercicio de una
pretensión de una parte frente a otra y
la
imposición de las sanciones que corresponda
:-1
cada ca so. Al igual que
el
artículo 50 de la precitada Ley 16 del
17
de junio de 2016,
que establece que los Alcalde también son competentes para conocer de los procesos
sanciona\orios por infracciones o faltas atribuidas por leyes nacionales, acuerdos
municipales a cada caso.
Oue, además, es necesario dictar disposiciones relacionadas con
el
horario de
operación de los locales de expendio de bebidas alcohólicas dentro del distrito de San
IVliguelito, durante la festividad del Carnaval.
Oue mediante Acuerdo Nº 1 del
11
de enero de 2023, se deroga
el
Acuerdo N º
162
el
23
de diciembre de 2019, y se crea la Junta de Carnaval Distrital y se crean otras
disposiciones.
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