Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 22 de Marzo de 2001

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2001
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma Barrancos & Henríquez S.P.C., actuando en nombre y representación de la ASAMBLEA NACIONAL DE LOS BAHAIS DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ, ha interpuesto demanda contencioso administrativa de nulidad para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº AG-0010-2000 sin fecha, dictada por la Autoridad Nacional del Ambiente.

La firma Barrancos & Henríquez S.P.C., solicitó la suspensión provisional de los efectos de la resolución impugnada, puesto que dicha resolución está causando graves perjuicios tanto al ambiente como a los moradores de las áreas vecinas, además de las claras violaciones a las normas legales.

El artículo 73 de la Ley 135 de 1943 faculta a la Sala Tercera para suspender los efectos de un acto, resolución o disposición, cuando, a su juicio, sea necesario para evitar un perjuicio "notoriamente grave". En los procesos de nulidad, procede la suspensión del acto administrativo como medida cautelar para evitar no sólo perjuicios patrimoniales sino, sobre todo, cuando puede producirse una lesión al principio de separación de poderes, o a la integridad del ordenamiento jurídico.

Observa la Sala, que la resolución impugnada autoriza a la empresa Roda Equipo, S. A. para que reanude las actividades correspondientes al proyecto denominado Corte, Relleno y Remoción de material, localizado en el corregimiento B.P., distrito de San Miguelito.

Una vez efectuado el estudio preliminar de los cargos de violación de las disposiciones legales citadas como infringidas, la Sala considera que no es posible acceder a la petición del demandante...

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