Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 13 de Diciembre de 2004

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Lcdo. P.B.M., actuando en nombre propio, pidió a la Sala Tercera la suspensión provisional de los efectos del acto administrativo contenido en el Acta de Proclamación del profesor J.C., como Decano de la Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad de la Universidad Autónoma de Chiriquí, emitida por el Tribunal Superior de Elecciones el 10 de mayo de 2004, previamente impugnada mediante demanda contenciosa-administrativa de nulidad.

De lo expuesto a fojas 40-42, se advierte que el actor estima que la petición de suspensión provisional procede debido a que el acto demandado es ostensiblemente ilegal y además, ocasiona graves perjuicios, entre los cuales enumera: la utilización de recursos del Estado para beneficiar intereses de la Rectoría, la ejecución por parte del Decano Electo de acciones administrativas como las designaciones de los Directores de los distintos departamentos, el sometimiento de los intereses políticos y personales sobre los aspectos académicos y estudiantiles.

DECISIÓN DE LA SALA TERCERA

De acuerdo con el artículo 73 de la Ley 135 de 1943, la Sala puede suspender los efectos del acto o disposición acusada si, a su juicio, es necesario para evitar un perjuicio notoriamente grave y de difícil o imposible reparación. La jurisprudencia de la Sala también ha establecido, que en las acciones contencioso-administrativas de nulidad, como la que nos ocupa, ese...

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