Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 7 de Febrero de 1996

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 1996
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El doctor N.C., actuando en nombre y representación de R.D.C.D.C., ha promovido y sustentado recurso de apelación contra la Resolución de 14 de diciembre de 1995, dictada por el Magistrado Sustanciador, mediante la cual no se admite la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción promovida para que se declare nulo, por ilegal, el Decreto Ejecutivo Nº 204 de 14 de agosto de 1995, dictado por el Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Educación, y para que se hagan otras declaraciones.

En dicha resolución el M.S. consideró lo siguiente:

"La parte actora no ha aportado el acto acusado de ilegal que consiste en el Decreto Ejecutivo Nº 204 de 14 de agosto de 1995, el cual debe estar debidamente autenticado, tal como lo exigen los artículos 44 y 45 de la Ley 135 de 1943 ...

Ya la Sala ha manifestado reiteradamente la importancia de aportar debidamente autenticado el acto que se acusa de ilegal, y en caso de que le imposibilite obtener la documentación requerida previa comprobación de que se llevaron a cabo las correspondientes diligencias para su consecución, el interesado dentro de la demanda, expondrá el hecho y solicitará al Magistrado sustanciador, que éste requiera a la oficina respectiva el documento que es motivo de controversia".

La apelante fundamenta su petición alegando que, si bien es cierto la demanda no fue acompañada con copia del Decreto Ejecutivo Nº 204, de 14 de agosto de 1995, esto fue porque el acto impugnado jamás ha sido notificado en debida forma al señor D.C. y mucho menos se le ha entregado copia del mismo; sin embargo, "la omisión de acompañar el acto impugnado a la demanda lo previó el Legislador dándole a esta situación un carácter de remediable", permitiendo que se subsane cuando ello se anuncia en la demanda y se informa en la misma donde está el original, a efecto de que el Sustanciador la solicite, antes de entrar a decidir sobre la admisión o no de la misma. Afirma el demandante que esa advertencia y señalamiento se hizo en la Demanda, cuando en el aparte probatorio expuso:

PRUEBAS. Se adjunta.

... 14 de agosto de 1995. Adicional a esta documentación y en consideración a que a mi M. se le ha negado personalmente la posibilidad de autenticar la documentación arriba relacionada, así como de obtener otras, solicito al Honorable Magistrado requerir del Ministerio de Educación el envío de sendas copias autenticadas de cada uno de estos documentos, DEL DECRETO EJECUTIVO Nº 204 DEL 14 DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR