Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 9 de Diciembre de 1999

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 1999
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado A.R., en representación de G.G.P., ha interpuesto demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nulo, por ilegal, el Decreto Ejecutivo No. 42 de 2 de septiembre de 1999, expedido por la Presidenta de la República por conducto del Ministerio de Comercio e Industrias, actos confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

La Sala advierte que la parte actora ha presentado una solicitud especial con el fin de que sean suspendidos provisionalmente, los efectos de la resolución impugnada, mediante la cual se destituyó al señor G.G.P., la cual debe ser atendida antes de ser admitir la presente demanda.

Sin embargo, por motivos de economía procesal, quien sustancia procede a determinar si la demanda incoada cumple con los presupuestos legales que permitan su admisión.

Advierte el Magistrado Sustanciador que el actor no ha adjuntado prueba sumaria que acredite que gozaba de estabilidad al momento de su destitución y que obtuvo el cargo por concurso de méritos. La Sala ha señalado en diversas ocasiones que esta circunstancia es exigida en los casos de destitución de servidores públicos, en vías de que el proceso instaurado no resulte ineficaz.

Por otra parte, se aprecia que el libelo incoado no cumple con el requisito exigido en el numeral 4 del artículo 43 de la Ley 135 de 1943, referente a "la...

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