Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 12 de Marzo de 2001

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2001
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma R. y R., actuando en representación de J.E.F., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, con el objeto de que se declare nula por ilegal, la Nota "Nº2506/DDRH/Acc. de Pers." de 18 de noviembre de 1998, dictada por el Contralor General de la República, y para que se hagan otras declaraciones.

El acto administrativo impugnado contenido en la Nota Nº 2506/DDRH/Acc De Pers, de 18 de noviembre de 1998, es del tenor siguiente:

"En atención a solicitud presentada por usted como apoderado legal del señor J.E.F.P., exfuncionario de la Contraloría General, relacionado con el reconocimiento de la diferencia de salario que según memorial, le correspondía al momento de acogerse a una jubilación especial, le informamos que hemos analizado minuiciosamente su solicitud, concluyendo que resulta improcedente dicho reconocimiento debido a lo siguiente:

1- Mediante Decreto Nº205 de 14 de noviembre de 1991 el señor J.E.F.P., fue ratificado en el cargo de Jefe de la Sección de Comercio Exterior con salario de B/.850.00 (Ochocientos Cincuenta Balboas) mensuales, recibiendo un ajuste salarial de B/.11º5.00 (Ciento Quince Balboas).

  1. Que el señor F.P., habiéndose dado por suficientemente enterado del referido Decreto Nº205 de 14 de noviembre de 1991, convino con lo dispuesto en él, habida cuenta que no interpuso los recursos legales correspondientes dentro del término establecido en el Artículo 21 de la Ley 33 de 1946.

  2. Que el Artículo 8 de la Ley 1984, Orgánica de la Contraloría General de la República, establece que para los fines de selección y promoción del personal de la Institución, se instituirá en su Reglamento Interno un Sistema de Clasificación de Cargos.

  3. Que con anterioridad al 1º de septiembre de 1997, en la Contraloría General de la República no existía una reglamentación para reconocer ajustes salariales causados por ascensos de los servidores públicos.

  4. Que si el Procurador de la Administración en Nota NºC-21 de 10 de febrero de 1994 se pronunció favorablemente respecto a la viabilidad jurídica del reconocimiento mediante Títulos Prestacionales de las diferencia salariales producto de la Clasificación de Cargos realizada el 7 de septiembre de 1987, el mismo no se refiere al reconocimiento de los ajustes salariales que deban efectuarse por razón de los ascensos de los empleados de la Contraloría General de la República y menos aún, a la existencia de un criterio objetivo para efectuar tales ajustes en esta Institución antes del 1º de septiembre de 1997."

  1. La pretensión y su fundamento.

    En la demanda se formula pretensión consistente en una petición dirigida a la Sala Tercera para que declare que es nula por ilegal, la Nota Nº 2506/DDRH/Acc De Pers., de 18 de noviembre de 1998, dictada por el Contralor General de la República. Como consecuencia de la declaración anterior, se solicita a la Sala que declare que el señor J.E.F. tiene derecho a la diferencia de sueldos que dejó de percibir, es decir, derivada de la suma de B/.850.00 mensuales (sueldo recibido) y la suma de B/.1,000.00 mensuales (sueldo que le corresponde al Grado 14 en la escala de cargos de la Contraloría General de la República), que debió recibir al momento de su jubilación, cuando estaba ejerciendo el cargo de Jefe de la Sección de Comercio Exterior de la Dirección de Estadística y Censo de esa entidad del Estado. Se igual modo se solicita que se declare que la Contraloría General de la República está obligada a pagar al señor J.E. FUENTES la citada diferencia de sueldo durante el período comprendido entre el 16 de noviembre de 1991, fecha en la que fue "ratificado" en el cargo de Jefe de la Sección de Comercio Exterior de la Dirección de Estadística y Censo, y el 16 de junio de 1995, fecha en que se acogió a una jubilación especial, es decir, la suma de B/.10,320.00

    Entre los hechos u omisiones fundamentales de la acción, se señala que el señor J.E.F. laboró durante más de treinta y cuatro (34) años en la Contraloría General de la República como miembro de la Dirección de Estadística y Censo, en la cual ocupó por más de ocho años el cargo de Jefe de la Sección de Comercio Exterior, en el que fue ratificado mediante Decreto Nº205 de 14 de noviembre de 1991, emitido por el Contralor General de la República asignándole un sueldo de B/850.00, no obstante, de acuerdo a la clasificación aprobada por la Contraloría General, dicho cargo correspondía al Grado 13, con un sueldo mensual de B/.1,090.00. Según la recurrente, si se parte de la fecha en que de manera formal el señor Contralor General ratificó en el cargo...

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