Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 13 de Octubre de 1997

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución13 de Octubre de 1997
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La Procuradora de la Administración ha interpuesto recurso de apelación contra la resolución de 18 de marzo de 1997 que admite la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción interpuesta por el licenciado J.J.C.M., actuando en nombre y representación de SEE BUY AND SAIL COMPANY, S.A., para que se declare nulo, por ilegal, la resolución Nº 711-04-428-96, dictada por la Administración Regional de Aduanas, Zona Norte, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

La Magistrada Sustanciadora admitió la demanda por considerar que cumplía con los requisitos mínimos para su admisión.

La Procuradora de la Administración señala que el término de dos meses que señala la Ley para presentar la demanda había prescrito, pues la parte actora se había notificado el 8 de enero de 1997 de la Resolución Nº 704-04-491 de 3 de diciembre de 1996, mediante la cual el Director General de Aduanas confirma la Resolución Nº 711-04-428-96 de 10 de septiembre de 1996 y la demanda había sido presentada ante la Secretaría de la Sala Tercera el 13 de marzo de 1997.

El resto de los Magistrados que integran la Sala Tercera coinciden con el criterio expuesto por Procuradora de la Administración toda vez que, en efecto, la demanda es extemporánea. Ello es así, ya que la parte actora no observó lo preceptuado en el artículo 27 de la Ley 33 de 1946, puesto que la demanda fue presentada ante la Secretaría de la Sala Tercera el 13 de marzo de 1997, excediéndose del término de dos meses...

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