Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 14 de Noviembre de 2002

PonenteWINSTON SPADAFORA FRANCO
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2002
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado J.O.G., actuando en nombre propio, ha promovido demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la negativa tácita por silencio administrativo, incurrida por el Municipio de Panamá, al no contestar una solicitud de pago de vacaciones.

Posteriormente, el licenciado ORTEGA presentó escrito de desistimiento de la demanda, tal como consta a foja 40 del expediente. De dicho escrito se le corrió traslado a la Procuradora de la Administración, quien se notificó el 29 de octubre de 2002 y no presentó ninguna objeción dentro del término del traslado (f.42).

A juicio de la Sala, el desistimiento presentado por el actor es procedente y debe acogerse, conforme a lo preceptuado en el artículo 66 de la Ley 135 de 1943, el cual es del tenor siguiente:

"Artículo 66. En cualquier estado del juicio es admisible por declaración expresa, el desistimiento del recurso contencioso-administrativo".

En...

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