Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 17 de Agosto de 1998

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución17 de Agosto de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado J.B.F., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, en representación de MUEBLERIA ANCÓN, S.A., para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 0874 de 3 de marzo de 1998, dictada por el Tesorero Municipal del Distrito de Panamá, y para que se hagan otras declaraciones.

Además acompaña a la demanda una solicitud previa mediante la cual se requiere que, antes del trámite de admisión de la misma, el Magistrado Sustanciador oficie a la Tesorería Municipal de Panamá para que certifique formalmente que no han dado respuesta aún al Recurso de Reconsideración con apelación en subsidio presentado por MUEBLERÍA ANCÓN, S.A. contra de la Nota No. 874 del 3 de marzo de 1998, dictada por dicho despacho, a fin de que se haga constar que se ha negado dicho recurso por medio de la negativa tácita por silencio administrativo, agotando de esa manera la vía gubernativa.

Considera quien sustancia que el recurrente cumplió con la exigencia contemplada en el artículo 46 de la Ley 135 de 1943, de llevar a cabo todas las gestiones pertinentes a fin de obtener la documentación idónea a la que hace referencia el mencionado artículo, tal como s colige del documento visible a foja 10 del expediente; pero al resultar infructuosas estas gestiones, solicitó a esta Sala que procediera a oficiar a la entidad demandada para que remita a esta Superioriad la documentación solicitada, ello en atención a la facultad que le confiere el artículo 46 de la Ley 135 de 1943, cuyo...

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