Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 20 de Agosto de 1993

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución20 de Agosto de 1993
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado L.A.B., actuando en nombre y representación de AGUSTÍN RAMOS, ha promovido Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 17-92 de 17 de septiembre de 1992, emitida por la Comisión de Vivienda de Colón, el acto confirmatorio y para que se haga otras declaraciones.

La parte actora solicita que antes de que se admita la demanda, se suspenda los efectos del acto administrativo impugnado, con fundamento en lo siguiente:

"... La presente petición previa la basamos en el hecho de que para los próximos días se va a proceder al lanzamiento de los inquilinos residentes en el inmueble No.9076 ubicado en calle 11 Santa Isabel de la Provincia de Colón, lo cual causaría perjuicio grave e irreparable para mi poderdante y su familia quienes no cuentan con ninguna alternativa de habitar en otro lugar.

En innumerables resoluciones emitidas, esta sala ha resuelto favorablemente peticiones de ésta naturaleza, advirtiendo sabiamente "que de no accederse a lo pedido podría efectuarse el desalojo, desapareciendo el objeto litigioso y siendo difícil retrotraer la situación del proceso a su estado original ...".

Conforme lo indica el artículo 73 de la Ley 135 de 1943, esta medida cautelar constituye una facultad discrecional del Pleno de la Sala, si a su juicio ella es necesaria para evitar en perjuicio notoriamente grave.

En el presente caso, la Resolución de desahucio que se impugna concede en término de 6 meses improrrogables para que el señor AGUSTÍN RAMOS entregue el cuarto No.5 de la casa No.9076 A y B ubicada en el Barrio Sur de la ciudad de Colón, a su propietario RAMESHRAI T. PARVANI.

Este acto fue...

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