Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 24 de Junio de 2002

PonenteWINSTON SPADAFORA FRANCO
Fecha de Resolución24 de Junio de 2002
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma forense Rosas y Rosas, en representación de R.F.P.M., A.A.P. y otros, interpuso ante la Sala Tercera demanda contenciosa-administrativa de plena jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la negativa tácita por silencio administrativo en que incurrió el Ministro de Salud al no contestar la solicitud formulada por los demandantes para que se les pague las diferencias de sueldos y los sobresueldos que les corresponden como miembros de la Carrera Sanitaria y para que se hagan otras declaraciones.

La apoderada de los demandantes formuló al Magistrado Sustanciador una petición previa consistente en que, antes de decidir lo relativo a la admisión de la demanda, requiera al funcionario demandado una certificación en la que conste si la solicitud presentada por los demandantes el 2 de enero de 2002, relacionada con el pago de las prestaciones económicas a que tienen derecho como miembros del Escalafón Sanitario, fue o no resuelta. Según la firma R. y R., esta petición previa obedece al hecho de que la referida certificación no le fue entregada a los demandantes pese a que la pidieron al funcionario demandado (fs. 143-144).

Como a foja 8 de los autos los demandantes probaron que hicieron las gestiones necesarias para obtener la certificación en referencia, quien suscribe, con fundamento en el artículo 46 de la Ley 135 de 1943, estima procedente acceder a lo pedido.

Por lo expuesto, el Magistrado Sustanciador, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, antes de resolver sobre la admisión de la presente demanda, DISPONE que, por Secretaría de la Sala, se oficie al...

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