Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 25 de Marzo de 2004
Ponente | Winston Spadafora Franco |
Fecha de Resolución | 25 de Marzo de 2004 |
Emisor | Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral |
VISTOS:
El resto de los Magistrados integrantes de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, conocen en calidad de Tribunal de segunda instancia del recurso de apelación promovido por el licenciado N.Q., contra el auto de 7 de enero del año 2004, expedido por el Magistrado Sustanciador, a través del cual no admitió la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción Interpuesta en representación de G.Q.C., R.T. y F.A., contra la Resolución Nº 72-DGT-53-03 de 6 de agosto de 2003, emitida por la Dirección General de Trabajo y Desarrollo Laboral, y la Resolución Nº D.M. 217-2003 de 5 de septiembre de 2003 dictada por el Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral.
El fundamento del auto que rechazó la demanda consiste en que el acto impugnado fue dictado dentro de un proceso de impugnación de las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores de Cable & Wireless Panamá, el cual a tenor de lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 1 de la Ley 53 de 28 de agosto de 1975, constituye un acto jurisdiccional no demandable ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.
Sobre el particular arguye el apelante, que la disposición legal mencionada le atribuye competencia al Ministerio de Trabajo respecto a las impugnaciones a que se refiere el artículo 394 del Código Laboral, a prevención con los Tribunales de Trabajo, por lo que a su juicio, la competencia privativa a que alude la Resolución apelada no existe.
A fin de resolver el fondo de la apelación interpuesta, el resto de los Magistrados proceden a hacer las siguientes consideraciones.
A través de la Resolución Nº 72-DGT-53-03 la Dirección General de Trabajo resolvió la impugnación del acto mediante el cual se eligió a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Cable & Wireless Panamá, S.A. En el artículo único de la parte resolutiva de dicha resolución, se concluyó que no existía fundamento para determinar que la elección de la actual Junta Directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores de Cable & Wireless Panamá, S.A., se hubiese dado en forma ilegal.
En virtud de lo anterior, estima este Tribunal que a través de la parte resolutiva del acto impugnado, la Dirección General de Trabajo resolvió una impugnación de las contempladas en el artículo 394 (numeral 4) del Código de Trabajo. Por tanto, se advierte que la Resolución Nº 72-DGT-53-03 de 6 de agosto de 2003, dictada por la Dirección General de Trabajo y Desarrollo Laboral, confirmada...
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