Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 28 de Agosto de 1997

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución28 de Agosto de 1997
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado F.S.P.T. en nombre y representación de J.S.B. ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción para que se declare nula por ilegal la Resolución Nº 370-95 de 25 de mayo de 1995, emitida por el Banco Hipotecario Nacional, acto confirmatorio, y para que se hagan otras declaraciones, dado que se han violados los artículos 423, 1243 y 432 del Código Civil.

FUNDAMENTO DE LA ACCIÓN

El señor SAMANIEGO mediante apoderado judicial fundamenta su pretensión bajo el argumento de que solicitó al Banco Hipotecario Nacional la Adjudicación del Lote K-136, ubicado en Villa Cáceres, Corregimiento de B., Distrito y Provincia de Panamá. Que el Comité de Crédito de dicha entidad bancaria, por medio de Nota fechada 6 de junio de 1994, aprobó el Préstamo Hipotecario Nº 02003, Programa Nº 02., Proyecto Nº 888, a su favor, por un monto de B/.15,106.41 con un plazo de 10 años al 12% de interés anual.

Continúa exponiendo, que el Banco Hipotecario Nacional, por medio de la Resolución de Gerencia Nº 137-94 de 22 de junio de 1994, resolvió adjudicarle el Lote K-136, ubicado en Villa Cáceres. Que de acuerdo a esto, el Banco aludido procedió a descontarle directamente y mensualmente del salario que devengaba en el Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

Por último indica el afectado que en vista de la necesidad urgente de adquirir una vivienda para albergar a su familia, procedió de inmediato a la construcción de su vivienda, lo que fue suspendida al cabo de los meses por órdenes superiores del Banco Hipotecario Nacional. Que mediante Resolución de Gerencia Nº 370-95 de 25 de mayo de 1995 y el Acto confirmatorio, Resolución de Junta Directiva Nº 18-1 de 22 de noviembre de 1995, el Banco Hipotecario Nacional, anula la adjudicación efectuada a su favor, del Lote de Terreno K-136.

Posteriormente, luego de admitida la demanda, el Magistrado Sustanciador procedió a solicitarle al Gerente General del Banco Hipotecario Nacional, rindiera informe de conducta en relación a la reclamación incoada.

INFORME DE CONDUCTA

El Gerente General del Banco Hipotecario Nacional, mediante Nota Nº 96 (2000-01)443 de 27 de febrero de 1996, contestó el requerimiento del Ponente. En este sentido manifestó que el origen del conflicto está en la doble adjudicación del Lote de Terreno K-136, ubicado en Villa Cáceres, Corregimiento de B., Distrito y Provincia de Panamá. Que mediante Resolución de Gerencia Nº 22-92 de 8 de enero de 1992, el Banco adjudicó el lote K-136, ubicado en Villa Cáceres, a favor...

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