Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 30 de Octubre de 2003

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado J.M., actuando en nombre y representación de J.M.M.L., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº 467-S.T.L. de 26 de junio de 2002, proferida por el Alcalde del Distrito de Panamá.

El Magistrado Sustanciador procede a revisar el libelo de demanda, con el objeto de comprobar que cumple con los requisitos legales necesarios para su admisión.

De conformidad con lo antes expuesto, el suscrito estima que la demanda no puede ser admitida, toda vez que el acto impugnado es una resolución dictada dentro de un juicio civil de policía. En efecto, se advierte que el proceso se fundamenta en la violación del Acuerdo Municipal Nº 116 de 9 de julio de 1996, consistente en la construcción de una pared de bloques de 2.45m x 0.32m fuera de la línea de propiedad del señor MÉNDEZ LAY, obstaculizando las aguas pluviales de la casa Nº 6 propiedad del señor O.C..

En ese sentido, el artículo 28 de la Ley 135 de 1943 dispone en su numeral 2 que no son acusables ante esta jurisdicción "las resoluciones que se dicten en los juicios de policía de naturaleza penal o civil". Obsérvese que la citada norma alude a "los juicios de policía de naturaleza penal o civil" con lo cual se está refiriendo a las dos grandes categorías de procesos o controversias de policía reguladas en el Código Administrativo, específicamente, en los Capítulos I y IIdel Libro III que se refieren a los "Procedimientos Correccionales" y las "Controversias Civiles de Policía en General", respectivamente.

Por otra parte, y aun cuando el conocimiento de la presente causa hubiese sido de competencia de esta S., quien suscribe observa que el libelo de demanda adolece de otros requisitos que impiden su admisión. Así, el apoderado judicial del demandante omitió aportar copia autenticada de los actos confirmatorios, de...

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