Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 2 de Marzo de 2020

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2020
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 02 de marzo de 2020

Materia: Tribunal de Instancia

Denuncia

Expediente: 687-19

VISTOS:

Ingresa a esta Corporación de Justicia las denuncias promovidas contra el Diputado ARQUESIO ARIAS FELIX, por la supuesta comisión de Delito contra La Libertad Sexual en modalidad de violación, en perjuicio de LINDSI YANIBEL MARTINEZ y la menor A.M.L.

El 21 de octubre de 2019, se celebró audiencia de aplicación de medidas cautelares ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, como tribunal colegiado, quien decidió imponer al diputado ARQUESIO ARIAS FELIX, las medidas cautelares personales consistentes en la obligación de mantenerse recluido en su propia casa, ubicada en Ojo de Agua, Apartamento 4C, C.P.M.P.G., T. 11, así como la prohibición de abandono del territorio nacional sin autorización judicial, medidas estas contempladas en los numerales 2 y 8 del artículo 224 del Código Procesal Penal.

De la decisión emitida por este Pleno, el Licenciado ÁNGEL ÁLVAREZ, presenta escrito de aclaración de sentencia, el día 22 de octubre de los corrientes ante la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en el que solicita:

"...

· Se reconozca, señale o disponga en forma expresa, el derecho y la posibilidad del señor ARQUESIO ARIAS FELIX de realizar ejercicio físico adecuado al aire libre por un tiempo mínimo no menor a una(1) hora dentro de las instalaciones cerradas del complejo (Propiedad Horizontal) al que está integrada su domicilio en PH MALLORCA PARK GARDENS II.

· Se reconozca, señale o disponga en forma expresa, el derecho y la posibilidad del señor ARQUESIO ARIAS FELIX de llevar a cabo actividades físicas y de esparcimiento al aire libre junto a su menor hijo N.A.V., por un tiempo no menor a una (1) hora los días de semana y tiempo suficiente los fines de semana, dentro de las instalaciones cerradas del complejo (propiedad Horizontal) al que está integrada su domicilio en P.M.P.G.I., en concordancia a lo previsto en el artículo 31 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

..."

Previo a dar curso a la presente solicitud, tenemos a bien realizar las siguientes anotaciones.

La solicitud promovida fue presentada por escrito ante la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, si bien es cierto el proceso contra los Diputados se rige bajo las reglas del sistema acusatorio, adoptada por la Ley N°63 del 28 de agosto de 2008, en donde uno de los...

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