Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 10 de Diciembre de 2019

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2019
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 10 de diciembre de 2019

Materia: Tribunal de Instancia

Denuncia

Expediente: 809-19

VISTOS:

La firma Córdoba, C. y Asociados, actuando en su propio nombre y representación han interpuesto una denuncia administrativa contra M.L.E., Magistrada del Segundo Tribunal Superior de Justicia ponente dentro del expediente 94220 del Juzgado Decimosexto de Circuito, Penal, del Primer Circuito Judicial de Panamá contentivo de querella contra R.N., J.H., E.N. y otros, por delito financiero y estafa agravada, de conformidad a la Ley de Carrera Judicial de 27 de agosto de 2015, ordinal 1 del artículo 308.

La actora señala que:

"1. HECHOS:

PRIMERO

CÓRDOBA, CHEN Y ASOCIADOS interpuso en representación de L.E.P., SHALIMA MURILLO REID y Otros, querella por Estafa agravada y Delito Financiero en contra de la Casa de Valores PRINCIPIA FINANCIAL GROUP representada por R.N. y los empresarios J.H., E.N. y otros, el cual se encuentra adjudicado al Juzgado Decimosexto de Circuito Penal, bajo el N°94220, pendiente de Audiencia Preliminar en agosto y septiembre de este año.

SEGUNDO

A lo largo de toda la investigación y en la etapa Plenaria los imputados nunca comparecieron a los llamados tanto de la Fiscalía como a las notificaciones que realizó el Departamento CCJ, como se puede observar a fojas 1170, 1171 y 1173, pese a que toda la distancia del trámite del caso los abogados estaban pendientes del manejo de la investigación, cuyas hojas de lectura aparecen en abundancia en este caso, por consiguientes, estos utilizaron la no presentación de los imputados, para evitar la aplicación de Medidas C.es, sumado a actos de corrupción de no practicar pruebas para que precluyeran los términos de investigación con el ex F.J.C.L....

...CUARTO: El Juzgado Decimosexto de Circuito Penal resuelve la solicitud de Medida C. a través de la Resolución N°9 de 18 de diciembre de 2018 en ella, impone las medidas cautelares para RAFAEL NIETO, GAL VARDI, R.H. y L.P.G., en la imposición de las medidas 1 y 2 del artículo 224 del Código Procesal Penal, mientras que para J.H., L.S.F., EREZ NAVON, BARAK AFIK Y ASAF ELBLINK le impuso el numeral 2 del artículo 224 del Código Procesal Penal, consistente en el Impedimento de Salida del País.

El defensor del imputado REFAEL NIETO interpuso un H.C. contra la decisión dictada en primera instancia este H.C. le fue remitido a la licenciada M.L.E., quien era la Ponente inicialmente, pero por actos d Corrupción que han sido abundante en este expediente fue resuelto en incidencias anteriores por el Magistrado HOO JUSTINIANI, el cual ha sido igualmente denunciado en esta Agencia del Ministerio Público.

QUINTO

La Magistrada...

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