Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 5 de Septiembre de 2006

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado M.B.S., Magistrado del Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, impetró ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia una denuncia para que se investigara la existencia de un posible acto de corrupción ocurrido en el seno de esa Corporación Judicial.

El Oficio remitido por el magistrado BATISTA legible a partir del folio 1 del cuadernillo expresaba lo siguiente:

"Adjunto copia debidamente autenticada de Declaración Jurada, que en esta fecha receptáramos al señor BHASKER RATILAL, R.L. de la Sociedad Lashmi, S.A., codemandada en juicio incoado por J.C.P.E., en la que se identifica un sujeto conocido como "Yio Franco", como el que ha solicitado a nuestro nombre al señor R. una suma que fluctúa entre cinco y seis mil balboas, para que él saliera airoso en el proceso.

El negocio en referencia, en el que somos ponentes mantiene un proyecto que no ha sido pasado en limpio.

Asimismo, adjuntamos copias debidamente autenticadas de informes del departamento de Seguridad donde se establece el despacho que visita con mucha frecuencia el señor D. "Yio"F. en este Tribunal Superior.

Como quiera que lo afirmado por este ciudadano, respecto de nuestra persona, es completamente falso estamos haciendo uso de las acciones penales correspondientes para que este hecho no quede impugne (sic)."

Al revisar las pruebas documentales que acompañan la denuncia apreciamos que el ciudadano DARIO "YIO" FRANCO concurrió con regularidad al despacho que ocupaba el señor D.A.A. como Magistrado del Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, por lo que, en concordancia con la denuncia suscrita por el Magistrado BATISTA, estaríamos ante la presunta comisión de un ilícito y de una falta al régimen disciplinario de los servidores judiciales.

Sin embargo, sobre el primer supuesto, de foja 130 a 133, se constata que la situación a la que hemos hecho referencia fue puesta en conocimiento del Ministerio Público con la finalidad que se investigara la posible comisión de un hecho punible.

Ahora bien, con relación a la presunta infracción del régimen disciplinario de los servidores judiciales, dicha presunción surge en atención a lo señalado por el señor BHASKER RATILAL, en el sentido que se le pidió una suma de dinero para que resultara airoso dentro del proceso que se le seguía en el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial.

Relacionado con lo anterior, tenemos que el artículo 286 del Código Judicial destaca entre los casos que ameritan la...

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