Resolución J.D. Nº 028-2009 de 29 de octubre de 2009, 'POR LA CUAL SE ANULA LA RESOLUCIÓN NO.106-28 DGMM DE 12 DE AGOSTO DE 2009, POR MEDIO DE LA CUAL SE DELEGA EN EL SUBDIRECTOR DE MARINA MERCANTE LAS FUNCIONES RELATIVAS A LA EVALUACIÓN, APROBACIÓN, CANCELACIÓN, LIMITACIONES, SEGUIMIENTO, CONTROL Y TEMAS RELACIONADOS CON LAS ORGANIZACIONES RECONOCIDAS Y/O ORGANIZACIONES DE PROTECCIÓN RECONOCIDA, A LA QUE SE REFIERE LA LEY 57 DE 6 DE AGOSTO DE 2008, ASÍ COMO LA RESOLUCIÓN J.D. NO. 019-2005 DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2005
RESOLUCIÓN J. D. No.028-2009
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ, en uso de facultades legales y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998, "Se creó la Autoridad Marítima de Panamá y se unificaron las distintas competencias marítimas de la Administración Pública".
Que la Autoridad Marítima de Panamá, como entidad rectora del Sector Marítimo, tiene entres sus objetivos principales, administrar, promover, regular, proyectar y ejecutar las políticas, estrategias, normas legales y reglamentarias, planes y programas que están relacionadas de manera directa, indirecta o conexa con el funcionamiento y desarrollo del Sector Marítimo.
Que a través del Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998, se estipula como función de la Autoridad Marítima de Panamá, la de recomendar políticas y acciones, ejercer actos administrativos y hacer cumplir las normativas legales y reglamentarias relativas al Sector Marítimo.
Que conforme al Artículo 18 del Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998, le corresponde a la Junta Directiva de esta institución establecer la organización de la Autoridad y en general, adoptar todas las medidas que estime convenientes para la organización y funcionamiento del Sector Marítimo.
Que mediante Resolución No. 106-28-DGMM de 12 de agosto de 2009, la Dirección General de Marina Mercante basado entre otros artículos, invocó el numeral 21 del Artículo 187, de la Ley 57 de 6 de agosto de 2008, le corresponde a la Dirección General de Marina Mercante, entre otras funciones "Autorizar, fiscalizar, auditar, controlar, de manera privativa, a las Organizaciones Reconocidas, las Organizaciones de Protección Reconocidas y similares que actúen por delegación del Estado Panameño, y reglamentar los procedimientos aplicables a estar".
Que en base a este considerando y otros citados en la Resolución antes mencionada el Director General de Marina Mercante Resolvió: "DELEGAR en el Sub Director de Marina Mercante las funciones relativas a la evaluación, aprobación, cancelación, limitaciones, seguimiento, control y temas relacionados con las Organizaciones Reconocidas y/o Organizaciones de Protección Reconocida, a la que se refiere la Ley 57 de 6 agosto de 2008, así como la Resolución J.D. No. 019-2005 de 24 de noviembre de 2005".
Que la Resolución No. 106-28-DGMM de 12 de agosto de 2009, al citar el Artículo 187 de la Ley 57 de 6 de agosto de 2008, el cual modifica...
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