Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 7 de Agosto de 2003

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2003
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Los señores C.R.S.R. y GALILEO ENRIQUE DE OBALDÍA LEE, mediante apoderada judicial, Licenciada J.J.S.R., solicita el reconocimiento y ejecución de la Sentencia Extranjera de 2 de mayo de 2000, dictada por el Tribunal del Condado de York, Reino Unido de Gran Bretaña, por la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial que los mantiene unidos.

Admitida la solicitud y enviada al señor P. para que emitiera su opinión correspondiente, señaló:

En consecuencia, esta Procuraduría SE ABSTIENE DE DAR SU OPINIÓN, hasta tanto se aporte la copia autenticada y traducida de la sentencia original de 2 de mayo de 2000, como único documento idóneo para este exequátur.

Observa esta Colegiatura que a foja 6 del expediente se encuentra una Certificación donde se hace constar que efectivamente el Tribunal del Condado de York, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte dictó una sentencia de divorcio el día 2 de mayo de 2000, mediante la cual se resuelve que el matrimonio celebrado el 11 de marzo de 1987 en nuestro país entre los solicitantes del presente exequátur, sea disuelto; sin embargo no encuentra, esta Superioridad, copia debidamente autenticada y legalizada de la Sentencia cuyo reconocimiento y ejecución se solicita; requisito sine quanon dispuesto en el artículo 1419 del Código Judicial.

Por...

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