Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 31 de Julio de 2006

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución31 de Julio de 2006
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

El Licenciado JORGE DE LA CRUZ ha presentado en calidad de Apoderado Judicial del señor R.V., solicitud ante la Sala de Negocios Generales, para el Reconocimiento y Ejecución de la Sentencia Extranjera de Divorcio dictada por la Corte del Noveno Circuito Judicial en y por el Condado de Orange, Florida, Estados Unidos de América, fechada el 9 de abril de 1996, mediante la cual se declaró disuelto el vínculo matrimonial que lo mantenía unido a la señora J.A..

ANTECEDENTES DEL CASO

El apoderado judicial del señor R.V., basa su solicitud en los siguientes hechos:

"PRIMERO: Que la Corte del Noveno Circuito Judicial en y por el Condado de Orange, Florida, Estados Unidos de Norte América, previo juicio celebrado en dicho país, Declaró Disuelto el matrimonio conformado por R.V. y J.V., con CASO No.DR95-9462.

SEGUNDO

Lo anterior consta en Sentencia debidamente autenticada por el Consulado General de Panamá, de Miami, Florida, Estados Unidos de Norte América, y por el Departamento de Consular y Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá, que se adjunta como prueba con esta solicitud.

TERCERO

Que la sentencia a la cual nos referimos en el ordinal anterior, fue emitida en el idioma inglés, por lo que ha sido debidamente traducida por la intérprete pública autorizada, L.C. de C., según Resuelto No.270 del 19 de junio de 1991.

CUARTO

Que nuestro mandante es residente permanente de la República de Panamá, por lo que es de su interés, que dicha sentencia quede registrada en la República de Panamá.

Como pruebas a su solicitud, el Licenciado DE LA CRUZ aportó lo siguiente: Certificación de Matrimonio de extranjeros en el exterior, expedido por la Dirección General del Registro Civil, Copia debidamente autenticada y legalizada de la Sentencia de divorcio proferida por el Tribunal Norteamericano así como su traducción al idioma español por Traductor Público Autorizado.

OPINIÓN DE LA PROCURADURÍA

Mediante Vista Nº48 de 19 de junio de 2006, la señora Procuradora General de la Nación, señala: "Una vez observados los documentos aportados como pruebas, puedo señalar que la sentencia cuya ejecución se solicita cumple con los requisitos establecidos en el artículo 1419 del Código Judicial, toda vez que fue dictada a consecuencia de una acción personal de efectos lícitos en nuestro país, siendo expedida luego de notificada las partes.

Si bien la sentencia cuya ejecución se solicita...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR