Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 13 de Mayo de 2008

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2008
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS: El Licenciado D.F., ha presentado en su calidad de apoderado especial de la señora L.M.L.S.,solicitud a la Sala Cuarta de Negocios Generales para el reconocimiento y ejecución de la sentencia de divorcio proferida por la Corte de Circuito Judicial del Condado de Virginia Beach, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, por la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial que la mantiene unida al señor C.E.P.. Mediante providencia de 15 de febrero de 2008, se ordenó remitir el expediente a la señora Procuradora General de la Nación para que emitiera su opinión en cuanto a lo solicitado; dictando su V.F. No.21 de 13 de marzo del año en curso, donde señala que se declare ejecutable la solicitud que origina el presente proceso de exequátur, presentada por el licenciado D.F., por considerar que la sentencia cuya ejecución se solicita cumple con los requisitos establecidos en el artículo 1419 del Código Judicial. Evaluada la opinión de la señora Procuradora y examinada la copia de la Sentencia Extranjera aportada como prueba (v.fj.6 a 7), nos encontramos que dicho documento está autenticando la firma de unos de los abogados de las partes, señor P.L. y no del funcionario que autentica la sentencia y que según la traducción es el señor J.C.F., Oficial. Aunado a lo anterior, la firma de la Vice Cónsul de Panamá en Wash. D.C. Estados Unidos de América...

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