Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 3 de Febrero de 2009

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2009
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La señora DOLORES EILEEN MC CLEAN MARSHALL, mediante apoderado legal, LIC. A.G.M., ha solicitado ante esta S., el reconocimiento y ejecución de la Sentencia dictada por la Suprema Corte del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, fechada 12 de septiembre de 1972, por la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial que la mantenía unida al señor W.A.J.J..

ANTECEDENTES

El apoderado de la señora Mc CLEAN MARSHALL basó su solicitud en los siguientes hechos:

PRIMERO: Que el señor W.A.J.L. y DOLORES EILEEN MC CLEAN MARSHALL contrajeron matrimonio civil en los Estados Unidos de Norteamérica, el día 11 de Septiembre de 1965, el cual fue registrado en el Registro Civil de la República de Panamá, tal como consta al Tomo No.3 de matrimonios en el exterior, Partida No.550.

SEGUNDO: Los cónyuges decidieron fijar su domicilio conyugal en el Estado de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica.

TERCERO: Que mediante sentencia firme de la Suprema Corte del Estado de Nueva York, Oficina de Brooklyn, de 12 de septiembre de 1972, se declaró disuelto el matrimonio.

CUARTO: La sentencia de divorcio cuya ejecución solicitamos fue dictada en ausencia de nuestra representada. No obstante, a pesar de dicha situación jurídica es nuestra representada quien solicita su ejecución en la Rep´publica de Panamá.

QUINTO: Que la sentencia en cuestión se encuentra ejecutoriada, en firme y esta debidamente autenticada por las autoridades competentes y traducida a nuestro idioma oficial, tal como lo exige el artículo 877 del Código Judicial.

SEXTO: Que como consecuencia de lo anteriormente expuesto, la precitada sentencia reúne todos los requisitos que contempla el artículo 1419 del Código Judicial.

Fue aportada a la solicitud copia de la Sentencia dictada, debidamente legalizada a través de las autoridades diplomáticas correspondientes y su correspondiente traducción al idioma español.

Admitida la solicitud, se dispuso escuchar la opinión de la señora Procuradora General de la Nación, quien en lo medular de su intervención señaló:

...recomendamos a los honorables Magistrados de la Sala Cuarta de Negocios Generales ACCEDER a la solicitud de reconocimiento de sentencia y ejecución extranjera presentada por DOLORES EILEEN MC CLEAN MARSHALL a través de su apoderado judicial.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

El ordenamiento jurídico vigente, exige para la ejecución en nuestro país de una sentencia dictada en el extranjero: que la misma...

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