Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 11 de Mayo de 2011

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2011
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS: El licenciado A.A.O., en su condición de apoderado judicial de ERICH ANDREW KOENIGER solicita a esta Corporación el Reconocimiento y Ejecución de la Sentencia Extranjera emitida por la Corte Civil de Distrito de Orleans, Estado de Luisiana, Estados Unidos de América en la que se ordena, decide y decreta que el vínculo matrimonial existente entre ERICH KOENIGER y HANNELORE ERNEST KOENIGER sea disuelto. El legista ARIAS OLIVARES al argumentar su solicitud, manifiesta: Que las partes contrajeron matrimonio el 12 de octubre de 1993, en los Estados Unidos de América, mismo que se encuentra inscrito al Tomo 3 de matrimonios en el exterior, partida 1789 del Registro Civil de Panamá; ... que habiendo mediado mutuo acuerdo, la Corte Civil de Distrito de Orleans, Estado de Louisiana, Estados Unidos de América, dicta Sentencia de Divorcio, el 21 de mayo de mayo de 2010. En ese mismo orden, el señor P. General de la Nación, S. en Vista No 86 de 23 de noviembre de 2010, considera que debe accederse a la petición, por lo siguiente: Que la petición fue dictada a raíz de una pretensión personal; de igual forma, se aprecia que la demandada fue notificada de la demanda dado que estaba debidamente representada por el abogado M.. D.W.. (Cfr. f.4). Que la sentencia fue dictada el 21 de mayo de 2009, cuando las partes tenían más de dos (2) años de haberse casado y que la causal es compatible con nuestro ordenamiento, según el numeral 10 del artículo 212 del Código de la Familia, además de no existir hijos en el matrimonio. (Cfr. f. 13) Se cumple con el último requisito del 1419 ya que se aportó copia autenticada de la Sentencia de 21 de mayo de 2009, con la certificación de las autoridades consulares correspondientes y la traducción respectiva. (Cfr. f. 13) Esta Corporación el 6 de diciembre de 2010, emitió un Auto en el cual se le concedió al peticionario un termino de 45 días con el propósito de que aportara al expediente la Sentencia completa para establecer cuál fue la causal en que se fundamentó la misma. A foja 19 de esta carpeta judicial, reposa escrito en el cual el mandante manifiesta que la copia Sentencia visible en el infolio 6, es copia del original conforme fue emitida en la Corte Civil del Distrito de Orleans, Estado de Louisiana, Estados Unidos de América. Para apoyar su dicho, proporciona copia notariada de la nota con calenda 18 de enero de 2011, suscrita por quien representó judicialmente al señor ERICH KOENIGER en los Estados Unidos,...

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