Edictos

REPÚBLICA DE PANAMÁ MUNICIPIO DE AGUADULCE. EDICTO No. 25-10. El Alcalde Municipal del Distrito de Aguadulce, en uso de sus facultades legales, hace del conocimiento público que se ha presentado solicitud de adjudicación de terrenos municipales. Que el señor (a) DAVID GERMAN DE LEÓN REAL, varón, panameño, mayor de edad, soltero, con cédula 8-221-2641, con residencia en Calle Real, corregimiento de Pocrí, Distrito de Aguadulce, ha solicitado a este Despacho la adjudicación por compra de un lote de terreno municipal, el cual será segregado de la Finca 2985, Tomo 345, Folio 408, ubicado en Calle Real, Corregimiento de Pocrí, Distrito de Aguadulce y cuyos linderos son los siguientes: Norte: Finca Municipal 2985, Tomo 345, Folio 408, ocupada por Josefina Hernández de Franco y otros y mide 19.90 y 12.99 mts. Sur: Finca Municipal 2985, Tomo 345, Folio 408, ocupada por Luciana de Castroverde y mide 8.57 y 26.37 mts. Este: Finca Municipal 2985, Tomo 345, Folio 408, ocupada por Josefina Hernández de Franco y otros y mide 10.02 mts. Oeste: Calle Real y mide 10.79 mts. El lote de terreno se describe de la siguiente forma: Del punto uno (1) o punto de partida al punto dos, con rumbo S51º 32 19 E, limita con Finca Municipal 2985, Tomo 345, Folio 408, ocupada por Luciana de Castroverde y mide 8.57 mts., del punto dos (2) al punto tres (3) con rumbo S 57º 11 02 E, limita con finca Municipal 2985, Tomo 345, Folio 408, ocupada por Luciana de Castroverde y mide 26.37 mts., del punto tres (3) al punto cuatro (4) con rumbo N27º 15' 19"E, limita con Finca Municipal 2985, Tomo 345, Folio 408, ocupada por Josefina Hernández de Franco y otros y mide 10.02 mts., del punto cuatro (4) al punto cinco (5) con rumbo N54º 05'51"W, limita con Finca Municipal 2985, Tomo 345, Folio 408, ocupada por Josefina Hernández de Franco y otros y mide 19.90 mts., del punto cinco (5) al punto seis (6) con rumbo N54º50'30"W, limita con Finca Municipal 2985, Tomo 345, Folio 408, ocupada por Josefina Hernández de Franco y otros y mide 12.99 mts., del puntos seis (6) al punto uno (1) o punto de partida con rumbo S38º31'38"W, limita con Calle Real y mide 10.79 mts. El área total del terreno solicitado es de 363.61 mts.2 Para que sirva de formal notificación, se fija el presente edicto en lugar visible en esta Alcaldía, en la corregiduría de Pocrí, para que todas aquellas personas que se crean perjudicadas o tengan mejor derecho, hagan valer sus derechos. Copia de este edicto se le entregará a la parte interesada, para que la haga publicar en un diario de circulación nacional por tres (3) días seguidos y un día en la Gaceta Oficial. Este edicto se fijará por el término de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de fijación. Dado en la ciudad de Aguadulce, a los dos (02) días del mes de junio del año dos mil diez (2010). (fdo.) OMAR A. CORNEJO RODRIGUEZ. Alcalde Municipal. (fdo.) YATCENIA D. DE TEJERA. Secretaria. Es fiel copia de su original, Aguadulce, 02 de junio de 2010. Yatcenia D. de Tejera. Secretaria General. L.208-9135647.

_____

REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO DIRECCIÓN NACIONAL DE REFORMA AGRARIA REGIÓN No. 4, COCLÉ. EDICTO No. 106-2010. EL SUSCRITO FUNCIONARIO SUSTANCIADOR DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REFORMA AGRARIA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO EN LA PROVINCIA DE COCLÉ. HACE SABER: Que BOLIVAR ANTONIO ARROCHA SALCEDO, vecino (a) de Penonomé, corregimiento de Penonomé Cabecera, distrito de Penonomé, portador de la cédula No. 2-29-985, ha solicitado a la Dirección Nacional de Reforma Agraria, mediante solicitud No. 2-0433-09, según plano aprobado No. 206-02-11875, adjudicación a título oneroso de una parcela de tierra baldía nacional adjudicable, con una superficie total de 13 Has + 5,796.83 m2. Ubicada en la localidad de Cerro Gordo, corregimiento de Cañaveral, distrito de Penonomé, provincia de Coclé, comprendido dentro de los siguientes linderos. Norte: Camino de tierra a el Silencio y a Cerro Gordo Vicente Quirós Hernández. Sur: Apolinar Lorenzo. Este: Vicente Quirós Hernández Apolinar Lorenzo. Oeste: Camino de tierra a El Silencio y a Cerro Gordo. Para los efectos legales, se fija el presente Edicto en lugar visible de la Reforma Agraria en la provincia de Coclé y en la corregiduría de Cañaveral y copia del mismo se hará publicar en el órgano de publicidad correspondiente, tal como lo ordena el Artículo 108 del Código Agrario. Este Edicto tendrá una vigencia de 15 días a partir de su última publicación. Dado en la ciudad de Penonomé, hoy 23 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR