Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 23 de Noviembre de 2001

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2001
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

El licenciado MARCO MURILLO ha presentado en su calidad de Apoderado Especial de la señora Y.M.F.S., solicitud a la Sala Cuarta de Negocios Generales para el reconocimiento y ejecución de la sentencia de divorcio No. 161-95 de 27 de junio de 1995 dictada por la Jueza Penal Juvenil y de Familia Del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica de San José, Costa Rica , mediante la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre su persona y el señor A.S.B..

ANTECEDENTES DEL CASO

Los señores ADRIAN SALAS BARRIENTOS y Y.M.F.S., contrajeron matrimonio en la Provincia de Herrera, República de Panamá el catorce (14) de febrero de mil novecientos noventa y uno (1991). Dicho matrimonio se encuentra inscrito al tomo número 203 de matrimonios de la Provincia de Herrera, Partida número 354 , de la Dirección del Registro Civil del Tribunal Electoral de Panamá.

Posteriormente se produce la disolución del vínculo matrimonial mediante sentencia de veintisiete (27) de junio de mil novecientos noventa y cinco (1995) dictada por la Jueza Penal Juvenil y de Familia Del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica de San José, Costa Rica.

En base a lo anterior el apoderado judicial solicita que se reconozca y se ejecute en la República de Panamá, la sentencia extranjera en estudio toda vez, que la misma cumple con lo establecido en el artículo 1419 del Código Judicial.

OPINIÓN DEL PROCURADOR

Admitida la solicitud presentada ante esta Corporación, se corrió traslado al señor P. General de la Nación, quien en su Vista No. 55 de 31 de octubre de 2001 señala que en atención a lo expresado, es válido considerar que en el presente caso se han cumplido los requisitos que la normativa aplicable exige para adjudicarle reconocimiento y ejecución a las sentencias extranjeras.

DECISIÓN DE LA SALA

Vista la opinión del señor P. General de la Nación, se observa además, que el apoderado ha presentado como prueba los siguientes documentos: Certificado de matrimonio de los señores ADRIAN SALAS BARRIENTOS y YENNY M.F.S. expedido por la Dirección General del Registro Civil de Panamá visible a foja 4; Copia íntegra de la sentencia extranjera de 27 de junio de 1995 dictada por la Jueza Penal Juvenil y de Familia Del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica de San José,. Costa Rica, debidamente autenticada por nuestras autoridades en la ciudad de San José. El Director...

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